La obligación de corregir las cuotas de IVA repercutidas cuando se determinaron mal o cambia la base imponible, dentro del plazo de cuatro años
Resumen rápido: La rectificación de facturas es la corrección de las cuotas de IVA repercutidas cuando su importe se determinó incorrectamente o cuando concurren las circunstancias que, conforme al artículo 80 de la Ley del IVA, dan lugar a la modificación de la base imponible.
Definición flash: Correccion de las cuotas de IVA repercutidas cuando se determinaron mal o cambia la base imponible, dentro de cuatro anos (art. 89 Ley del IVA).
Etiqueta lingüística
La ley habla de «rectificación de las cuotas impositivas repercutidas»; en la práctica se dice «rectificar la factura» porque la factura rectificativa es el documento en que la corrección se plasma. No debe confundirse con la «modificación de la base imponible» del artículo 80, que es la causa, mientras que la rectificación del artículo 89 es el efecto documental y tributario.
Definición técnica
El artículo 89 de la Ley del IVA impone la rectificación en dos supuestos —determinación incorrecta de las cuotas y concurrencia de las circunstancias del artículo 80— y la somete a un plazo: debe efectuarse cuando se adviertan las causas, «siempre que no hubiesen transcurrido cuatro años a partir del momento en que se devengó el impuesto correspondiente a la operación o, en su caso, se produjeron las circunstancias» del artículo 80. El apartado dos extiende la regla al caso en que no se repercutió cuota alguna pero se expidió factura. Y el apartado tres cierra el paso a la rectificación en supuestos tasados, entre ellos cuando no esté motivada por las causas del artículo 80, implique aumento de las cuotas repercutidas y los destinatarios no actúen como empresarios o profesionales, salvo elevación legal de tipos.
Aplicación práctica
Dos comprobaciones ordenan cualquier rectificación: la fecha —el plazo de cuatro años se cuenta desde el devengo o desde que se produjeron las circunstancias del artículo 80, no desde que se descubre el error— y el sentido de la corrección, porque el aumento de cuotas frente a destinatarios que no son empresarios o profesionales está vedado salvo elevación legal de tipos. Confundir la causa (artículo 80) con el cauce (artículo 89) es el error más común en los expedientes de comprobación.
Contexto legal en España
El artículo 89 se encuentra en el título dedicado a la repercusión del impuesto en la Ley 37/1992, del IVA, inmediatamente conectado con el artículo 80, que regula los supuestos de modificación de la base imponible.
Normas clave a tener en cuenta
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 89.uno de la Ley del IVA dispone que los sujetos pasivos «deberán efectuar la rectificación de las cuotas impositivas repercutidas cuando el importe de las mismas se hubiese determinado incorrectamente o se produzcan las circunstancias que, según lo dispuesto en el artículo 80 de esta Ley, dan lugar a la modificación de la base imponible».
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Preguntas frecuentes sobre rectificación de facturas
¿Cuándo hay que rectificar una factura a efectos de IVA?
Cuando las cuotas repercutidas se determinaron incorrectamente o concurren las circunstancias del artículo 80 de la Ley del IVA que modifican la base imponible.
¿Qué plazo hay para rectificar?
Cuatro años desde el devengo del impuesto de la operación o, en su caso, desde que se produjeron las circunstancias del artículo 80.
¿Se puede rectificar si no se repercutió cuota alguna?
Sí. El apartado dos aplica la misma regla cuando, sin haberse repercutido cuota, se expidió la factura correspondiente a la operación.
¿Hay casos en que no procede rectificar?
Sí. Entre otros, cuando la rectificación no se debe a las causas del artículo 80, supone aumento de las cuotas repercutidas y los destinatarios no actúan como empresarios o profesionales, salvo elevación legal de los tipos.
Autoría y revisión editorial
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