Delito de oposición activa a la actuación de la autoridad o sus agentes
Resumen rápido: La resistencia es el delito consistente en oponerse activa y gravemente, sin llegar a la acometida propia del atentado, a que la autoridad, sus agentes o los funcionarios públicos ejecuten un acto propio de sus funciones legítimas.
Definición flash: Resistirte a la autoridad, sin llegar a agredirla, es delito aunque sea de menor gravedad que el atentado.
Etiqueta lingüística
Del latín resistentia, de resistere («resistir, oponerse»), de re- y sistere (colocarse firme, detenerse).
Definición técnica
El art. 556 CP castiga a quienes, sin estar comprendidos en el delito de atentado, resistieren a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o los desobedecieren gravemente. La resistencia se distingue del atentado (arts. 550 y ss. CP) porque no implica acometimiento, empleo de fuerza o intimidación grave contra la autoridad, sino una oposición pasiva-activa (por ejemplo, forcejeo para impedir una detención) que no llega a ese umbral de violencia.
Aplicación práctica
La frontera entre resistencia y atentado es una de las cuestiones más litigadas en la práctica de vía pública: un simple forcejeo para zafarse de una detención suele calificarse como resistencia, mientras que un empujón dirigido con intención de dañar al agente puede escalar a atentado.
Contexto legal en España
Código Penal, art. 556 (delito de resistencia y desobediencia grave).
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Atentado a la autoridad
- El atentado exige acometimiento, fuerza o intimidación grave contra la autoridad o sus agentes; la resistencia es una oposición sin ese componente de violencia cualificada.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El art. 556 CP es expresamente residual: solo se aplica a quienes no estén comprendidos en el delito de atentado, lo que obliga a descartar primero ese tipo más grave antes de calificar los hechos como resistencia.
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Preguntas frecuentes sobre resistencia
¿Negarse a identificarse ante la policía es resistencia?
La mera negativa pasiva a identificarse no suele bastar por sí sola para el delito de resistencia, que exige una oposición activa al ejercicio de las funciones; puede dar lugar, en cambio, a responsabilidad administrativa según la normativa de seguridad ciudadana.
Autoría y revisión editorial
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