La obligación de las empresas alimentarias de poder identificar quién les suministró cada producto y a quién se lo entregaron
Resumen rápido: La trazabilidad alimentaria es la obligación, impuesta por el artículo 6 de la Ley 17/2011, de seguridad alimentaria y nutrición, en desarrollo del artículo 18 del Reglamento (CE) nº 178/2002. Rige en todas las etapas de la producción, transformación y distribución de alimentos, piensos, animales destinados a la producción de alimentos y cualquier sustancia incorporable a ellos.
Definición flash: La obligación de las empresas alimentarias de poder identificar quién les suministró cada producto y a quién se lo entregaron.
Etiqueta lingüística
El término, tomado del inglés «traceability», designa literalmente la capacidad de «trazar» o reconstruir el recorrido completo de un producto a lo largo de toda la cadena alimentaria; la ley exige específicamente lo que en la práctica del sector se conoce como el sistema «un paso atrás, un paso adelante» -identificar al proveedor inmediato y al cliente inmediato-, sin exigir necesariamente que cada operador conozca el origen o el destino final de toda la cadena.
Definición técnica
El artículo 6.1 de la Ley 17/2011, de seguridad alimentaria y nutrición, remite al artículo 18 del Reglamento (CE) nº 178/2002 y exige que los operadores de empresas alimentarias y de piensos puedan identificar a cualquier persona, entidad o empresa que les haya suministrado un alimento, un pienso, un animal destinado a la producción de alimentos, o cualquier sustancia destinada a incorporarse a ellos -o con probabilidad de hacerlo-, así como a cualquier empresa a la que hayan suministrado sus propios productos, mediante los sistemas y procedimientos que resulten más adecuados a su actividad, siempre que garanticen que esa información esté disponible para las autoridades competentes cuando la soliciten. El apartado 2 exige que los alimentos y piensos comercializados en España estén adecuadamente etiquetados o identificados para facilitar esa trazabilidad, mediante la documentación exigible por la legislación vigente.
Aplicación práctica
En la práctica, la trazabilidad es la herramienta que permite, ante una alerta alimentaria -una partida contaminada, un alérgeno no declarado-, retirar del mercado de forma rápida y precisa únicamente los lotes afectados, en lugar de tener que actuar sobre toda la producción de un operador; conviene que cada empresa de la cadena alimentaria mantenga sistemas de registro que permitan reconstruir, en cuestión de horas, de dónde procedió cada lote recibido y a quién se distribuyó, ya que el incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a responsabilidad administrativa independientemente de que el producto resultara o no finalmente inseguro.
Contexto legal en España
La trazabilidad alimentaria se regula en el artículo 6 de la Ley 17/2011, de seguridad alimentaria y nutrición, en conexión con el sistema nacional coordinado de alertas alimentarias del artículo 25.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Sistema nacional coordinado de alertas alimentarias
- La trazabilidad del artículo 6 es la capacidad estructural de cada operador para identificar proveedores y clientes inmediatos, en todo momento; el sistema de alertas del artículo 25 es el mecanismo concreto de comunicación entre autoridades y operadores que se activa cuando ya existe un riesgo detectado, y que se apoya precisamente en los datos de trazabilidad para localizar y retirar el producto afectado.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 6.1 de la Ley 17/2011 exige que los operadores puedan identificar «a cualquier persona, entidad o empresa que les hayan suministrado un alimento» y a quien se lo hayan suministrado ellos.
Preguntas frecuentes sobre trazabilidad alimentaria
¿Qué información debe conservar una empresa alimentaria sobre sus proveedores?
Debe poder identificar a cualquier persona o empresa que le haya suministrado un alimento, pienso o sustancia incorporable, según el artículo 6.1 de la Ley 17/2011.
¿Tiene que saber una empresa a quién ha vendido cada producto?
Sí, debe poder identificar a cualquier empresa a la que haya suministrado sus productos, según el artículo 6.1 de la Ley 17/2011.
¿Para qué sirve la trazabilidad en una alerta alimentaria?
Permite retirar del mercado únicamente los lotes afectados por el riesgo detectado, en lugar de toda la producción del operador, siendo la base del sistema nacional coordinado de alertas del artículo 25 de la Ley 17/2011.
Autoría y revisión editorial
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