Ujier

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 31-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Antiguo funcionario judicial encargado de la ejecución de actos procesales

Resumen rápido: El ujier era el funcionario judicial encargado tradicionalmente de anunciar la entrada de las partes, guardar el orden en las salas de vista, ejecutar embargos, lanzamientos y otras diligencias materiales, y auxiliar al tribunal en actos de comunicación y ejecución, denominación hoy sustituida en España por la de agente judicial o funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial.

Definición flash: El ujier era el antiguo funcionario que ayudaba materialmente al juez: hoy se llama agente judicial.

Etiqueta lingüística

Del francés antiguo huissier, de huis («puerta»), literalmente «el que guarda la puerta», aludiendo a su función original de controlar el acceso a las salas y despachos.

Definición técnica

La denominación «ujier» ha sido sustituida en la organización judicial española por la del Cuerpo de Auxilio Judicial, regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la normativa de personal al servicio de la Administración de Justicia, cuyos funcionarios ejercen funciones de auxilio material y ejecución de resoluciones judiciales (embargos, lanzamientos, actos de comunicación) bajo la dirección del letrado de la Administración de Justicia. El término «ujier» sigue empleándose de forma coloquial e histórica, y de forma oficial en algunas instituciones no judiciales (Cortes Generales, ayuntamientos).

Aplicación práctica

En escritos y comunicaciones dirigidos a órganos judiciales españoles actuales conviene emplear la denominación oficial vigente («agente judicial» o «funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial»), reservando «ujier» para referencias históricas, comparadas o a instituciones no judiciales que conservan ese título.

Qué no es / diferencias clave

Procurador
El procurador es un profesional colegiado que representa a las partes ante el tribunal; el ujier (agente judicial) es personal funcionario al servicio del propio órgano judicial, sin representar a ninguna de las partes.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El Cuerpo de Auxilio Judicial, heredero funcional del antiguo ujier, actúa siempre bajo la dirección del letrado de la Administración de Justicia en la práctica de embargos, lanzamientos y demás diligencias de ejecución material.

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Preguntas frecuentes sobre ujier

¿Sigue existiendo la figura del ujier en los juzgados españoles?

Con esa denominación concreta no; sus funciones las desempeña actualmente el personal del Cuerpo de Auxilio Judicial, aunque el término «ujier» se sigue usando coloquialmente y de forma oficial en otras instituciones como el Congreso de los Diputados.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Ujier. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/ujier/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 31-ago-2026.

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