Antiguo funcionario judicial encargado de la ejecución de actos procesales
Resumen rápido: El ujier era el funcionario judicial encargado tradicionalmente de anunciar la entrada de las partes, guardar el orden en las salas de vista, ejecutar embargos, lanzamientos y otras diligencias materiales, y auxiliar al tribunal en actos de comunicación y ejecución, denominación hoy sustituida en España por la de agente judicial o funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial.
Definición flash: El ujier era el antiguo funcionario que ayudaba materialmente al juez: hoy se llama agente judicial.
Etiqueta lingüística
Del francés antiguo huissier, de huis («puerta»), literalmente «el que guarda la puerta», aludiendo a su función original de controlar el acceso a las salas y despachos.
Definición técnica
La denominación «ujier» ha sido sustituida en la organización judicial española por la del Cuerpo de Auxilio Judicial, regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la normativa de personal al servicio de la Administración de Justicia, cuyos funcionarios ejercen funciones de auxilio material y ejecución de resoluciones judiciales (embargos, lanzamientos, actos de comunicación) bajo la dirección del letrado de la Administración de Justicia. El término «ujier» sigue empleándose de forma coloquial e histórica, y de forma oficial en algunas instituciones no judiciales (Cortes Generales, ayuntamientos).
Aplicación práctica
En escritos y comunicaciones dirigidos a órganos judiciales españoles actuales conviene emplear la denominación oficial vigente («agente judicial» o «funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial»), reservando «ujier» para referencias históricas, comparadas o a instituciones no judiciales que conservan ese título.
Contexto legal en España
Ley Orgánica del Poder Judicial (organización del personal al servicio de la Administración de Justicia).
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Procurador
- El procurador es un profesional colegiado que representa a las partes ante el tribunal; el ujier (agente judicial) es personal funcionario al servicio del propio órgano judicial, sin representar a ninguna de las partes.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El Cuerpo de Auxilio Judicial, heredero funcional del antiguo ujier, actúa siempre bajo la dirección del letrado de la Administración de Justicia en la práctica de embargos, lanzamientos y demás diligencias de ejecución material.
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Preguntas frecuentes sobre ujier
¿Sigue existiendo la figura del ujier en los juzgados españoles?
Con esa denominación concreta no; sus funciones las desempeña actualmente el personal del Cuerpo de Auxilio Judicial, aunque el término «ujier» se sigue usando coloquialmente y de forma oficial en otras instituciones como el Congreso de los Diputados.
Autoría y revisión editorial
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