Fachada de los Juzgados de Almendralejo

Guía práctica

Qué hacer si te denuncian: guía práctica paso a paso

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Que te denuncien no significa que exista ya un proceso penal contra ti: la denuncia abre una investigación, no una condena. Esta guía ordena qué esperar desde que se presenta la denuncia hasta la fase de diligencias previas, y qué derechos tienes desde el primer momento.

Actualizado el 2 de agosto de 2026. Por Eugenia de Araujo González.

Zarateman, Wikimedia Commons · CC0 1.0 (se abre en una pestaña nueva) · Fuente (se abre en una pestaña nueva)

1Distingue denuncia de querella

Actualizado el 2 de agosto de 2026. Comprueba esta fecha antes de aplicar un plazo a tu caso.

Una denuncia es la comunicación de un hecho que puede ser delito; no exige abogado ni procurador. El artículo 265 de la LECrim regula su forma general. Una querella es distinta: exige constituirse formalmente como parte del procedimiento, con abogado y procurador desde el inicio —el artículo 277 exige que se presente «siempre por medio de Procurador con poder bastante y suscrita por Letrado».

2Entiende qué son las diligencias previas

Tras admitirse la denuncia o querella, se abren diligencias previas: el artículo 774 de la LECrim dispone que «todas las actuaciones judiciales relativas a delitos» del procedimiento abreviado «se registrarán como diligencias previas». Es la fase de investigación, no un juicio: su resultado puede ser el archivo, si no hay indicios suficientes, o la apertura de juicio oral.

3Conoce tus derechos desde que te comuniquen que eres investigado

Como investigado, tienes derechos desde el primer momento, no solo si llegas a juicio —esta condición es distinta y anterior a la de acusado, que solo se adquiere formalmente cuando se abre el juicio oral. El artículo 118.1 de la LECrim reconoce el derecho de defensa «desde que se le comunique su existencia» del procedimiento, e incluye el derecho «a ser informado de los hechos que se le atribuyan, así como de cualquier cambio relevante en el objeto de la investigación».

4Cuándo necesitas abogado

Aunque en fases muy iniciales no siempre es obligatorio, contar con defensa letrada desde que sabes que hay una investigación en marcha es lo que te permite ejercer realmente los derechos del artículo 118: proponer diligencias, acceder al expediente y preparar tu versión de los hechos antes de que se resuelva sin haberla escuchado.

Qué conviene hacer

No declares ni firmes nada sin haber hablado antes con un abogado, aunque te digan que «es solo un trámite». Consulta con un abogado especialista en Derecho penal en cuanto sepas que hay una denuncia o investigación, para valorar tu situación concreta antes de cualquier comparecencia.

Preguntas frecuentes

¿Necesito abogado para presentar una denuncia?

No. La denuncia (art. 265 LECrim) no exige abogado ni procurador. La querella sí (art. 277 LECrim).

¿Qué son las diligencias previas?

La fase de investigación del procedimiento abreviado (art. 774 LECrim), en la que se determina si hay indicios de delito antes de decidir archivo o juicio oral.

¿Tengo derechos aunque no haya ido a juicio todavía?

Sí. El art. 118.1 LECrim reconoce el derecho de defensa desde que se te comunica la existencia del procedimiento, incluido el derecho a ser informado de los hechos que se te atribuyen.

Fuentes

Redacción de derechoabogados.es

Redacción de derechoabogados.es

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