Artículo 55. Inhabilitación absoluta accesoria a la prisión de diez años o más
Vigente a fecha 2026-08-20
Última reforma: 23 de diciembre de 2010
Aplicable en España — Código Penal CP (BOE-A-1995-25444).
La pena de prisión igual o superior a diez años llevará consigo la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, salvo que ésta ya estuviere prevista como pena principal para el supuesto de que se trate. El Juez podrá además disponer la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, o bien la privación de la patria potestad, cuando estos derechos hubieren tenido relación directa con el delito cometido. Esta vinculación deberá determinarse expresamente en la sentencia.
Este artículo ha tenido 2 redacciones desde su publicación y el texto de arriba es el vigente desde el 23 de diciembre de 2010. Si has leído otra versión —en un blog, en un modelo antiguo o en una sentencia— aquí puedes ver desde cuándo dejó de aplicarse.
- 23 de diciembre de 2010Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio (se abre en una pestaña nueva)Vigente
- 24 de mayo de 1996Redacción original de la norma
Historial extraído del texto consolidado del BOE (BOE-A-1995-25444); cada fecha es la de entrada en vigor de esa redacción, no la de publicación de la norma que la dio.
Qué regula
El art. 55 dispone que toda pena de prisión igual o superior a diez años lleva aparejada, como accesoria, la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, salvo que esta ya estuviera prevista como pena principal para ese delito. Además, el tribunal puede imponer motivadamente la inhabilitación especial —o incluso la privación— de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, cuando estos derechos hubieran tenido relación directa con el delito cometido.
Cómo se aplica en la práctica
La inhabilitación absoluta es más amplia que la especial del art. 56: afecta a todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos, y a la incapacidad de obtener otros nuevos durante la condena, no solo al derecho o actividad concretos vinculados al delito.
Errores frecuentes
Confundir inhabilitación absoluta (afecta a todo cargo u honor público) con inhabilitación especial (afecta solo a un derecho, profesión o cargo determinado vinculado al delito): son dos penas distintas con alcance muy diferente.
¿A partir de qué duración de la pena de prisión se aplica la inhabilitación absoluta?
El art. 55 la impone como accesoria cuando la pena de prisión es igual o superior a diez años, salvo que ya estuviera prevista como pena principal para ese delito.
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.