Artículo 119.
Vigente a fecha 2026-08-20
Aplicable en España — Ley Hipotecaria LH (BOE-A-1946-2453).Citado en 1 página del portal
Cuando se hipotequen varias fincas a la vez por un solo crédito, se determinará la cantidad o parte de gravamen de que cada una deba responder.
Qué regula
El art. 119 LH exige que, cuando se hipotecan varias fincas a la vez por un solo crédito, se determine la cantidad o parte de gravamen de que cada una responde.
Cómo se aplica en la práctica
Es el fundamento de la distribución de responsabilidad hipotecaria entre varias fincas: sin esta especificación, no quedaría claro qué parte de la deuda garantiza cada inmueble, lo que dificultaría después operaciones como la cancelación parcial (art. 124 LH) o la venta de una sola de las fincas liberándola de la hipoteca al pagar su parte correspondiente.
Errores frecuentes
Hipotecar varias fincas sin distribuir la responsabilidad entre ellas: aunque en la práctica notarial es infrecuente por exigencia del propio art. 119 LH, si faltara esa distribución se generarían problemas serios para liberar cualquiera de las fincas de forma independiente.
¿Por qué hay que fijar cuánto responde cada finca cuando se hipotecan varias a la vez?
Porque el art. 119 LH lo exige, y porque sin esa distribución no se podría después cancelar parcialmente la hipoteca sobre una sola de las fincas al pagarse su parte correspondiente del crédito, conforme al art. 124 LH.
Términos del diccionario que lo citan
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.