Artículo 5. Concepto.

Vigente a fecha 2026-08-23

Última reforma: 30 de junio de 2023

Aplicable en España — Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social LISOS (BOE-A-2000-15060).

Texto vigente

1. Son infracciones laborales las acciones u omisiones de los empresarios contrarias a las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de relaciones laborales, tanto individuales como colectivas, de colocación, empleo, formación profesional para el empleo, de trabajo temporal y de inserción sociolaboral, tipificadas y sancionadas de conformidad con la presente ley. Asimismo, tendrán dicha consideración las demás acciones u omisiones de los sujetos responsables en las materias que se regulan en el presente capítulo.

2. Son infracciones laborales en materia de prevención de riesgos laborales las acciones u omisiones de los diferentes sujetos responsables que incumplan las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de seguridad y salud en el trabajo sujetas a responsabilidad conforme a esta ley.

3. Son infracciones laborales en materia de derechos de implicación de los trabajadores en las sociedades europeas las acciones u omisiones de los distintos sujetos responsables contrarias a la Ley 31/2006, de 18 de octubre, sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas, o a sus normas reglamentarias de desarrollo, a las disposiciones de otros Estados miembros con eficacia en España, a los acuerdos celebrados conforme a la Ley o a las disposiciones citadas, y a las cláusulas normativas de los convenios colectivos que complementan los derechos reconocidos en las mismas, tipificadas y sancionadas de conformidad con esta ley.

Asimismo, son infracciones laborales en materia de derechos de implicación de los trabajadores en las sociedades participantes o resultantes de modificaciones estructurales transfronterizas intraeuropeas consistentes en fusiones, transformaciones o escisiones las acciones u omisiones de los distintos sujetos responsables contrarias al título IV de la Ley 31/2006, de 18 de octubre. A estos efectos, las infracciones laborales previstas en el artículo 10 bis se entenderán aplicables en caso de incumplimientos de dicha ley relativos a dichas modificaciones estructurales, aunque no den lugar a la constitución de una sociedad.

Historial de redacciones

Este artículo ha tenido 8 redacciones desde su publicación y el texto de arriba es el vigente desde el 30 de junio de 2023. Si has leído otra versión —en un blog, en un modelo antiguo o en una sentencia— aquí puedes ver desde cuándo dejó de aplicarse.

  1. 30 de junio de 2023Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (se abre en una pestaña nueva)Vigente
  2. 11 de septiembre de 2015Ley 30/2015, de 9 de septiembre (se abre en una pestaña nueva)
  3. 24 de marzo de 2015Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo (se abre en una pestaña nueva)
  4. 13 de enero de 2008Ley 44/2007, de 13 de diciembre (se abre en una pestaña nueva)
  5. 20 de octubre de 2006Ley 31/2006, de 18 de octubre (se abre en una pestaña nueva)
  6. 14 de diciembre de 2003norma de 2003 (BOE-A-2003-22861) (se abre en una pestaña nueva)
  7. 14 de diciembre de 2002Ley 45/2002, de 12 de diciembre (se abre en una pestaña nueva)
  8. 1 de enero de 2001Redacción original de la norma

Historial extraído del texto consolidado del BOE (BOE-A-2000-15060); cada fecha es la de entrada en vigor de esa redacción, no la de publicación de la norma que la dio.

Comentario

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Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.

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