Artículo 585.
Vigente a fecha 2026-08-23
Aplicable en España — Ley Orgánica del Poder Judicial LOPJ (BOE-A-1985-12666).
El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es la primera autoridad judicial de la Nación y ostenta la representación del Poder Judicial y del órgano de gobierno del mismo, correspondiéndole el tratamiento y los honores inherentes a tal condición.
Qué regula
Declara que el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es la primera autoridad judicial de la Nación, ostenta la representación del Poder Judicial y de su órgano de gobierno, con el tratamiento y los honores inherentes a esa condición.
Cómo se aplica en la práctica
Es la base de que un mismo cargo —Presidente del Tribunal Supremo— acumule también la presidencia del órgano de gobierno de los jueces —el Consejo General del Poder Judicial—, doble función característica del modelo español desde la LOPJ de 1985.
Errores frecuentes
Tratar la presidencia del Tribunal Supremo y la del Consejo General del Poder Judicial como dos nombramientos independientes: el art. 585 LOPJ las configura como una sola condición, ostentada por la misma persona.
¿Es la misma persona quien preside el Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial?
Sí, según el art. 585 LOPJ, que atribuye ambas presidencias a un único cargo, con la consideración de primera autoridad judicial de la Nación.
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.