Artículo 6. Libertad ideológica.

Vigente a fecha 2026-08-23

Aplicable en España — Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor LOPJM (BOE-A-1996-1069).

Texto vigente

1. El menor tiene derecho a la libertad de ideología, conciencia y religión.

2. El ejercicio de los derechos dimanantes de esta libertad tiene únicamente las limitaciones prescritas por la Ley y el respeto de los derechos y libertades fundamentales de los demás.

3. Los padres o tutores tienen el derecho y el deber de cooperar para que el menor ejerza esta libertad de modo que contribuya a su desarrollo integral.

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