Artículo 52. Retirada de la solicitud.
Vigente a fecha 2026-08-20
Aplicable en España — Ley de Patentes Patentes (BOE-A-2015-8328).
1. La solicitud de patente podrá ser retirada por el solicitante en cualquier momento antes de que la patente sea concedida.
2. Cuando figuren inscritos en el Registro de Patentes derechos de terceros sobre la solicitud, ésta sólo podrá ser retirada con el consentimiento de los titulares de tales derechos.
Qué regula
Reconoce al solicitante la facultad de retirar libremente su solicitud de patente en cualquier momento del procedimiento, antes de la concesión, sin necesidad de justificar la decisión. Protege, sin embargo, a terceros con derechos inscritos sobre la solicitud (licencias, embargos, derechos de garantía anotados en el Registro de Patentes): en tal caso, la retirada requiere su consentimiento previo, evitando que el solicitante pueda perjudicar unilateralmente esos derechos ya registrados.
Cómo se aplica en la práctica
Es habitual retirar solicitudes de patente por diversas razones estratégicas (por ejemplo, para evitar que sean examinadas y publicadas revelando información sensible, o al detectar problemas de patentabilidad antes de una posible denegación formal); antes de retirar cualquier solicitud conviene verificar si existen derechos de terceros inscritos que requieran su consentimiento previo conforme al apartado 2.
Errores frecuentes
Retirar unilateralmente una solicitud de patente sobre la que existen derechos de terceros inscritos en el Registro (por ejemplo, una licencia previamente concedida y anotada) sin recabar su consentimiento, lo que puede generar responsabilidad frente a esos terceros afectados.
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.