Artículo 1. Objeto de esta ley.
Pendiente de revisión jurídica
Aplicable en España — Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social TRLGDPD (BOE-A-2013-12632).
Esta ley tiene por objeto:
a) Garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución Española y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España.
b) Establecer el régimen de infracciones y sanciones que garantizan las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Qué regula
El art. 1 fija el doble objeto de la ley: garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato y el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, mediante la promoción de la autonomía personal, la accesibilidad universal, el acceso al empleo, la inclusión en la comunidad y la vida independiente y la erradicación de toda forma de discriminación; y establecer el régimen de infracciones y sanciones que garantiza esas condiciones básicas.
Cómo se aplica en la práctica
El artículo ancla la ley en los arts. 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución y en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, lo que importa al interpretarla: sus conceptos deben leerse conforme al modelo social que la Convención impone, no como una norma asistencial.
Errores frecuentes
Tratar la ley como un catálogo de prestaciones. Su segundo objeto, el régimen sancionador, es el que la dota de eficacia frente a quien incumple.
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.