Patrimonio

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 18-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona, con el que responde de sus deudas

Resumen rápido: El patrimonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona, susceptibles de valoración económica. El artículo 1911 del Código Civil consagra el principio de responsabilidad patrimonial universal: «Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros», es decir, con la totalidad de su patrimonio.

Definición flash: El patrimonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona, con el que responde de sus deudas presentes y futuras (art. 1911 CC).

Etiqueta lingüística

Del latín patrimonium, herencia paterna: el término evolucionó desde su sentido original hereditario hasta designar, en Derecho civil moderno, el conjunto total de relaciones jurídico-económicas de una persona, con independencia de su origen.

Definición técnica

El Derecho español sigue, con carácter general, el principio de unidad del patrimonio: cada persona tiene un único patrimonio, indivisible, que responde en su totalidad de todas sus deudas conforme al artículo 1911 CC, sin que puedan crearse a voluntad patrimonios separados protegidos frente a determinados acreedores, salvo las excepciones legalmente previstas -como ciertos patrimonios protegidos para personas con discapacidad, o el régimen del emprendedor de responsabilidad limitada-. El patrimonio incluye tanto el activo (bienes y derechos) como el pasivo (deudas y obligaciones) de la persona.

Aplicación práctica

El principio de responsabilidad patrimonial universal es la base de toda ejecución forzosa: el acreedor puede dirigirse, en principio, contra cualquier bien del patrimonio del deudor -salvo los legalmente inembargables- para cobrar su crédito, sin que el deudor pueda alegar que un bien concreto está reservado o protegido frente a esa reclamación, salvo en los supuestos excepcionales de patrimonios separados que la ley reconoce expresamente.

Qué no es / diferencias clave

Patrimonio y masa activa
El patrimonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de cualquier persona en su vida ordinaria; la masa activa es un concepto específico del Derecho concursal, referido a los bienes y derechos del concursado integrados en el procedimiento para satisfacer a los acreedores.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 1911 del Código Civil dispone que «del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros».

Encuentra un abogado

Preguntas frecuentes sobre patrimonio

¿Qué es el patrimonio de una persona?

El conjunto de sus bienes, derechos y obligaciones susceptibles de valoración económica, con el que responde de sus deudas según el artículo 1911 del Código Civil.

¿Puede una persona tener varios patrimonios separados?

Como regla general, no: rige el principio de unidad del patrimonio, salvo las excepciones legalmente previstas, como ciertos patrimonios protegidos para personas con discapacidad.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Patrimonio. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/patrimonio/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 18-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 1911 CC

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de Derecho Civil

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?