Secundum legem

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 24-jul-2026 contra el BOE

Actualizado el

La costumbre que actúa según la ley, ayudando a interpretarla o completarla

Resumen rápido: Secundum legem («según la ley») designa la costumbre que opera conforme a la ley, ayudando a interpretarla o a completar sus términos sin contradecirla. Es una de las tres posiciones en que la costumbre puede situarse frente a la norma escrita —junto a la praeter legem y la contra legem— dentro del sistema de fuentes del artículo 1 del Código Civil.

Definición flash: Secundum legem es la costumbre que actúa según la ley, interpretándola o completándola sin oponerse a ella.

Etiqueta lingüística

Locución latina que significa «según la ley» (de secundum, «según, conforme a», y legem, «la ley»). Se emplea para clasificar la costumbre por su relación con la norma escrita. Es un tecnicismo del Derecho, no una expresión del lenguaje común.

Definición técnica

En sentido técnico, la costumbre secundum legem no crea Derecho nuevo: se mueve dentro del marco de la ley, sirviendo para fijar el sentido de sus conceptos o para integrar sus lagunas de detalle conforme a lo que la práctica social entiende. El artículo 1.1 del Código Civil enumera como fuentes la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, y el artículo 1.3 del Código Civil fija el rango subordinado de la costumbre. La secundum legem es la modalidad más pacífica, porque nunca choca con la norma: la acompaña.

Aplicación práctica

En la práctica, la costumbre secundum legem aparece cuando un contrato o una ley remiten a los usos del lugar o del tráfico para precisar una obligación —qué se entiende por «plazo razonable», cómo se mide una entrega «conforme a la costumbre de la plaza»—. El abogado que la invoca no discute la ley: la aplica apoyándose en el uso que la concreta, y debe probar esa costumbre, pues no se presume.

Qué no es / diferencias clave

Praeter legem
La costumbre praeter legem rige donde la ley no ha regulado; la secundum legem opera dentro de lo que la ley ya dice, ayudando a interpretarla. Una llena un vacío; la otra acompaña a la norma existente.
Contra legem
La costumbre contra legem se opone a la ley y el Derecho español no la admite. La secundum legem, por el contrario, nunca contradice la norma: se ajusta a ella.
Ley
La ley es fuente primaria y escrita. La costumbre secundum legem es fuente subordinada que solo actúa apoyando la interpretación o integración de la ley, y ha de probarse.
Principios generales del derecho
Los principios generales informan el ordenamiento y se aplican en defecto de ley y costumbre. La secundum legem es costumbre —práctica social reiterada—, no un principio jurídico abstracto.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 1.3 del Código Civil dispone que «La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público, y que resulte probada». La costumbre secundum legem cumple ese marco actuando conforme a la ley, nunca contra ella.

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Preguntas frecuentes sobre secundum legem

¿Qué es la costumbre secundum legem?

La costumbre que actúa según la ley, ayudando a interpretarla o completar sus términos sin contradecirla. Es la posición más pacífica de la costumbre frente a la norma escrita.

¿En qué se diferencia de la praeter legem?

La secundum legem opera dentro de lo que la ley ya regula; la praeter legem rige donde la ley calla. Una acompaña a la norma; la otra llena su vacío.

¿Hay que probar la costumbre?

Sí. El artículo 1.3 del Código Civil exige que la costumbre resulte probada; a diferencia de la ley, no se presume conocida por el tribunal.

¿Puede la costumbre ir contra la ley?

No en el Derecho español. La costumbre contra legem no se admite; la costumbre solo rige en defecto de ley y sin oponerse a la moral o al orden público.

¿Un ejemplo de costumbre secundum legem?

La remisión a los usos del tráfico para precisar una obligación contractual, como entender un plazo o una entrega «conforme a la costumbre de la plaza».

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Secundum legem. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/secundum-legem/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 24-jul-2026.

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