La fase del proceso en la que un tribunal superior revisa, mediante recurso de apelación, lo resuelto en primera instancia
Resumen rápido: La segunda instancia es la fase procesal en la que, mediante el recurso de apelación, un tribunal superior revisa de nuevo el asunto ya resuelto en primera instancia, pudiendo confirmar, revocar o modificar la resolución recurrida con arreglo a los fundamentos de hecho y de derecho de las pretensiones formuladas ante el tribunal inferior, conforme al artículo 456 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Definición flash: La segunda instancia es la fase en la que un tribunal superior revisa por apelación lo resuelto en primera instancia, conforme al art. 456 LEC.
Etiqueta lingüística
«Instancia» procede del latín instantia, «acción de estar presente, insistencia», de instare, «insistir». En sentido procesal, cada instancia es un grado completo de conocimiento del asunto: la primera ante el juzgado que lo enjuicia inicialmente, la segunda ante el tribunal que lo revisa por vía de recurso.
Definición técnica
El artículo 456 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el ámbito y los efectos del recurso de apelación, vehículo de la segunda instancia: en virtud de este recurso puede perseguirse que se revoque un auto o una sentencia y que, en su lugar, se dicte otro pronunciamiento favorable al recurrente, mediante nuevo examen de las actuaciones practicadas ante el tribunal de primera instancia y, en los casos previstos legalmente, de la prueba que se practique ante el propio tribunal de apelación. El artículo 237 LEC, sobre caducidad de la instancia, confirma expresamente esta terminología al fijar un plazo de un año -frente a los dos de la primera instancia- para tener por abandonado un recurso pendiente en segunda instancia.
Aplicación práctica
En la práctica, entrar en segunda instancia significa que el litigio, ya resuelto por el Juzgado de Primera Instancia o de lo Social, pasa a ser revisado por la Audiencia Provincial o el Tribunal Superior de Justicia correspondiente, a instancia de la parte que apela. El tribunal de apelación no repite el juicio desde cero: revisa lo actuado y, solo en los casos que la ley prevé, admite nueva prueba.
Contexto legal en España
La segunda instancia se articula, en el proceso civil, a través del recurso de apelación regulado en el Libro IV, Título IV, Capítulo II de la Ley de Enjuiciamiento Civil (arts. 455 y siguientes), ante las Audiencias Provinciales.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Segunda instancia y casación
- La segunda instancia, a través de la apelación, permite una revisión plena de los hechos y del derecho aplicado. La casación es un recurso extraordinario, posterior a la segunda instancia, limitado a los motivos tasados por la ley y centrado en el control de la aplicación del derecho.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 237.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil fija en un año el plazo de inactividad procesal para que se tenga por abandonada una instancia o recurso pendiente en segunda instancia o en casación, frente a los dos años que rigen en primera instancia.
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Preguntas frecuentes sobre segunda instancia
¿Qué es la segunda instancia?
La fase del proceso en la que, a través del recurso de apelación, un tribunal superior revisa de nuevo lo resuelto en primera instancia y puede confirmarlo, revocarlo o modificarlo.
¿Qué tribunal conoce de la segunda instancia?
Depende del orden y de quién dictó la resolución apelada; en el proceso civil, normalmente la Audiencia Provincial, según el artículo 455.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
¿En qué se diferencia de la casación?
La segunda instancia permite revisar plenamente hechos y derecho. La casación, posterior, es un recurso extraordinario limitado a motivos tasados centrados en la aplicación del derecho.
Autoría y revisión editorial
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