Aplicación industrial (patente)

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 18-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El requisito de patentabilidad que exige que la invención pueda fabricarse o utilizarse en cualquier clase de industria

Resumen rápido: La aplicación industrial es, junto con la novedad y la actividad inventiva, uno de los tres requisitos de patentabilidad de la Ley 24/2015, de Patentes: una invención tiene aplicación industrial cuando su objeto puede ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola.

Definición flash: Aplicación industrial: la invención debe poder fabricarse o utilizarse en cualquier clase de industria, incluida la agrícola (art. 9 Ley 24/2015).

Etiqueta lingüística

«Aplicación industrial» combina «aplicación» -del latín applicatio, el acto de aplicar o poner en práctica- con «industrial»: la posibilidad de llevar la invención a un uso productivo real, más allá de la mera especulación teórica.

Definición técnica

El artículo 9 de la Ley 24/2015, de Patentes, dispone en su literalidad íntegra: «Se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto puede ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola». Es el más sencillo de acreditar de los tres requisitos de patentabilidad -novedad, actividad inventiva y aplicación industrial-, y su función principal es excluir del sistema de patentes las meras teorías científicas, los descubrimientos o los métodos sin utilidad práctica alguna, que quedan fuera del concepto de invención patentable.

Aplicación práctica

La aplicación industrial se cuestiona en la práctica, sobre todo, en invenciones de base biotecnológica o en métodos de tratamiento cuya utilidad concreta no está claramente definida: si la invención no puede fabricarse ni emplearse en ningún proceso productivo, la solicitud de patente se deniega por falta de este requisito.

Qué no es / diferencias clave

Novedad
La novedad exige que la invención no esté ya comprendida en el estado de la técnica; la aplicación industrial exige, en cambio, que pueda fabricarse o utilizarse en algún proceso productivo. Una invención puede ser completamente nueva y, aun así, carecer de aplicación industrial si no tiene ninguna utilidad práctica identificable.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 9 de la Ley 24/2015 extiende de forma expresa la aplicación industrial a «cualquier clase de industria, incluida la agrícola», una precisión que despeja cualquier duda sobre si las invenciones del sector primario quedan cubiertas por el sistema de patentes en igualdad de condiciones que las del sector manufacturero.

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Preguntas frecuentes sobre aplicación industrial (patente)

¿Qué exige el requisito de aplicación industrial?

Según el artículo 9 de la Ley 24/2015, que el objeto de la invención pueda ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola.

¿Qué quedan fuera de las invenciones con aplicación industrial?

Las meras teorías científicas, los descubrimientos y los métodos sin ninguna utilidad práctica identificable, que no llegan siquiera a la categoría de invención patentable por falta de este requisito.

¿Es la aplicación industrial el requisito más difícil de acreditar?

No; suele ser el más sencillo de los tres requisitos de patentabilidad -junto a la novedad y la actividad inventiva-, porque basta con identificar un uso productivo real, por modesto que sea, del objeto de la invención.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Aplicación industrial (patente). Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/aplicacion-industrial/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 18-ago-2026.

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