Los derechos de aduana que encarecen la importación, y el marco común que los fija para toda la Unión Europea
Resumen rápido: Las barreras arancelarias son los derechos de aduana -aranceles- que un Estado o una unión aduanera impone sobre la importación de mercancías, encareciéndolas para proteger la producción interior o para obtener ingresos públicos. España, como Estado miembro de la Unión Europea, no fija sus propios aranceles frente a terceros países: aplica el Arancel Aduanero Común de la Unión, regulado por el Reglamento (UE) n.º 952/2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión.
Definición flash: Derechos de aduana que gravan la importación de mercancías; en España se aplican conforme al Arancel Aduanero Común de la Unión Europea.
Etiqueta lingüística
«Arancel» procede del árabe hispánico at-ta'rífa, y este del árabe clásico ta'rifa (notificación, tarifa) -la misma raíz que «tarifa»-, reflejo de siglos de intercambio comercial mediterráneo en los que la fijación de tasas sobre mercancías ya requería una lista o notificación oficial de precios y gravámenes.
Definición técnica
Desde la creación de la unión aduanera europea, los Estados miembros -España entre ellos- han cedido a la Unión la competencia exclusiva sobre la política arancelaria frente a terceros países: no existen aranceles nacionales españoles distintos de los europeos. El Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el código aduanero de la Unión, regula de forma unificada la clasificación arancelaria de las mercancías conforme a la nomenclatura combinada, el origen de las mercancías, el valor en aduana sobre el que se calcula el derecho, y la deuda aduanera y sus garantías. Sobre esa base técnica se aplica el Arancel Aduanero Común, que fija el tipo de derecho de importación correspondiente a cada mercancía según su clasificación, con independencia del Estado miembro de la Unión por el que entre.
Aplicación práctica
Para cualquier empresa española que importe mercancías de fuera de la Unión Europea, el primer paso práctico es determinar la partida arancelaria correcta de esa mercancía dentro de la nomenclatura combinada, porque de ella depende directamente el tipo de derecho aplicable y, en muchos casos, si existen restricciones adicionales -contingentes, medidas antidumping- para ese producto y ese origen. Una clasificación arancelaria incorrecta, aunque sea involuntaria, puede dar lugar a liquidaciones complementarias, sanciones e intereses de demora por parte de la Administración aduanera.
Contexto legal en España
Las barreras arancelarias aplicables en España se rigen por el Derecho de la Unión Europea, principalmente por el Reglamento (UE) n.º 952/2013, del código aduanero de la Unión, y por el Arancel Aduanero Común derivado de él, sin perjuicio de la normativa española de desarrollo administrativo y de la Ley Orgánica 12/1995, de Represión del Contrabando, que sanciona penalmente su elusión fraudulenta en los supuestos más graves.
Qué no es / diferencias clave
- Barreras no arancelarias
- Las barreras arancelarias son derechos económicos -aranceles- que encarecen directamente el precio de la mercancía importada. Las barreras no arancelarias son restricciones de otro tipo -normas técnicas, sanitarias, cuotas o contingentes, requisitos de etiquetado- que dificultan la importación sin necesidad de imponer un pago aduanero directo.
- Contrabando
- Las barreras arancelarias son el régimen legal y ordinario de tributación de las importaciones. El contrabando, tipificado en la Ley Orgánica 12/1995, es la conducta delictiva consistente en eludir fraudulentamente esos controles aduaneros, no una modalidad más de arancel.
Términos relacionados
Dato de autoridad
Desde la plena integración de España en la unión aduanera europea, ningún arancel español frente a terceros países se fija de forma unilateral: el Reglamento (UE) n.º 952/2013 impone un código aduanero único para los veintisiete Estados miembros, de manera que una misma mercancía paga el mismo derecho de importación entre por el puerto que entre dentro de la Unión.
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Preguntas frecuentes sobre barreras arancelarias
¿Qué son las barreras arancelarias?
Los derechos de aduana que gravan la importación de mercancías desde fuera de la Unión Europea, aplicados de forma uniforme en España conforme al Arancel Aduanero Común y al Reglamento (UE) n.º 952/2013.
¿Puede España fijar sus propios aranceles frente a terceros países?
No. Como miembro de la Unión Europea, España forma parte de una unión aduanera con arancel común: los derechos de importación se fijan a nivel europeo, no nacional.
¿Qué diferencia hay entre una barrera arancelaria y una no arancelaria?
La arancelaria es un pago económico directo sobre la mercancía importada. La no arancelaria es cualquier otra restricción -normas técnicas, sanitarias, cuotas- que dificulta la importación sin imponer ese pago.
Autoría y revisión editorial
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