Comisión Rogatoria

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 25-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El mecanismo por el que un tribunal pide auxilio judicial a otro país para practicar una diligencia

Resumen rápido: La comisión rogatoria es el instrumento de cooperación jurídica internacional por el que la autoridad judicial de un país solicita a la autoridad competente de otro país que practique, en su territorio, diligencias de obtención y práctica de pruebas u otros actos procesales que el tribunal requirente no puede realizar directamente por falta de jurisdicción fuera de sus fronteras.

Definición flash: La comisión rogatoria es la petición de un tribunal a otro país para que se practique allí una diligencia: declarar un testigo u obtener un documento.

Etiqueta lingüística

Del latín «rogare», rogar o pedir: la comisión rogatoria es, literalmente, un encargo que un tribunal ruega a otro que cumpla, por no poder ejecutar la diligencia por sí mismo fuera de su propia jurisdicción.

Definición técnica

El artículo 5 de la Ley 29/2015, de cooperación jurídica internacional en materia civil, delimita su ámbito de aplicación: los actos de comunicación y traslado de documentos judiciales y extrajudiciales -notificaciones, citaciones y requerimientos-, así como las comisiones rogatorias que tengan por objeto los actos relativos a la obtención y práctica de pruebas. El artículo 32 regula la práctica en España de la prueba solicitada por una autoridad extranjera: recibida la solicitud, se procede a la práctica de la prueba y, cumplimentada la comisión rogatoria, se remiten al requirente los documentos que lo acrediten, salvo que concurra alguno de los motivos de denegación fijados en el artículo 14 de la misma ley, o que la persona designada justifique su negativa en una exención o prohibición de declarar reconocida por la ley española o por la del Estado requirente.

Aplicación práctica

En la práctica, las comisiones rogatorias son la vía habitual cuando un procedimiento judicial en España necesita una prueba que solo puede obtenerse en el extranjero -tomar declaración a un testigo residente fuera, obtener documentos custodiados por una entidad extranjera- y no existe un instrumento de cooperación más ágil aplicable al caso (como los reglamentos europeos de obtención de pruebas entre Estados miembros de la Unión Europea, que siguen cauces distintos y más rápidos que la comisión rogatoria clásica). Conviene tener presente que la denegación de la práctica de la prueba no es automática ni discrecional: la ley fija motivos tasados de denegación (art. 14), y la propia persona requerida puede negarse si ampara su negativa en una exención o prohibición legal de declarar reconocida por cualquiera de los dos ordenamientos implicados.

Qué no es / diferencias clave

Exhorto
El exhorto es el mecanismo de auxilio judicial entre órganos judiciales del mismo país; la comisión rogatoria es su equivalente cuando la petición se dirige a un tribunal de otro Estado.
Extradición
La extradición es el procedimiento para entregar a una persona a otro Estado para ser juzgada o cumplir condena; la comisión rogatoria solo solicita la práctica de una diligencia procesal (prueba, notificación), no la entrega de personas.
Reglamentos europeos de obtención de pruebas
Entre Estados miembros de la Unión Europea existen instrumentos específicos, más ágiles que la comisión rogatoria clásica, para la obtención de pruebas y la notificación de documentos, que se aplican con preferencia cuando el caso entra en su ámbito.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 5 de la Ley 29/2015, situado en el Título I («Régimen general de la cooperación jurídica internacional»), dispone literalmente: «El presente título se aplica a los actos de cooperación jurídica internacional, en particular a los actos de comunicación y traslado de documentos judiciales y extrajudiciales, tales como notificaciones, citaciones y requerimientos, así como a las comisiones rogatorias que tengan por objeto los actos relativos a la obtención y práctica de pruebas». El artículo 32.1 añade: «Recibida la solicitud de una autoridad extranjera, se procederá a la práctica de la prueba y, una vez cumplimentada la comisión rogatoria, se remitirán al requirente los documentos que lo acrediten».

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Preguntas frecuentes sobre comisión rogatoria

¿Qué es una comisión rogatoria?

El instrumento por el que un tribunal solicita a la autoridad competente de otro país que practique en su territorio una diligencia procesal -típicamente, obtener o practicar una prueba-, conforme a la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.

¿Puede denegarse la práctica de una comisión rogatoria?

Sí, si concurre alguno de los motivos de denegación del artículo 14 de la Ley 29/2015, o si la persona requerida justifica su negativa en una exención o prohibición de declarar reconocida por la ley española o por la del Estado requirente.

¿Es lo mismo una comisión rogatoria que un exhorto?

No exactamente: el exhorto es la petición de auxilio entre órganos judiciales del mismo país; la comisión rogatoria es la petición equivalente dirigida a la autoridad de otro Estado.

¿Se usa la comisión rogatoria dentro de la Unión Europea?

Entre Estados miembros suelen aplicarse instrumentos europeos específicos de obtención de pruebas, más ágiles que la comisión rogatoria clásica; esta última se reserva para los casos en que no resulta aplicable otro cauce más específico.

¿Qué pasa una vez practicada la diligencia solicitada por comisión rogatoria?

Conforme al artículo 32.1 de la Ley 29/2015, se remiten al tribunal requirente los documentos que acreditan que la diligencia se ha cumplimentado.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Comisión Rogatoria. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/comision-rogatoria/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 25-ago-2026.

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