Perder la jurisdicción especial que la ley reserva a determinados cargos públicos
Resumen rápido: Desaforar es privar a una persona del fuero -la jurisdicción especial- que la Constitución o la ley le reconocen por razón de su cargo. El caso más conocido es el de diputados y senadores: el artículo 71.3 de la Constitución Española atribuye el conocimiento de las causas contra ellos a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en lugar de a los juzgados ordinarios.
Definición flash: Perder el aforamiento -la jurisdicción especial del Tribunal Supremo- que tenía un diputado, senador u otro cargo aforado.
Etiqueta lingüística
«Aforado» -tener fuero- y «desaforado» -haberlo perdido- son las dos caras de la misma institución. En el lenguaje coloquial, «desaforado» se usa también como sinónimo de «desmedido» o «excesivo», un sentido completamente distinto y ajeno al Derecho: en sentido jurídico, desaforar no tiene ninguna connotación de exceso, solo describe la pérdida de una jurisdicción especial.
Definición técnica
El artículo 71 de la Constitución Española reconoce a diputados y senadores, en su apartado 1, inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones; en el apartado 2, inmunidad durante su mandato, con detención solo en caso de flagrante delito y sin poder ser inculpados ni procesados sin autorización de la cámara correspondiente; y en el apartado 3, el fuero especial: las causas contra ellos son competencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, no de los tribunales ordinarios. La jurisprudencia del propio Tribunal Supremo ha precisado que la pérdida del aforamiento, al cesar en el cargo, no es automática en todos los casos: si el juicio oral ya se había iniciado mientras la persona seguía aforada, el Tribunal Supremo conserva la competencia para concluirlo, por aplicación del principio de perpetuación de la jurisdicción, en lugar de remitir la causa a un tribunal ordinario a mitad del proceso.
Aplicación práctica
En la práctica, el aforamiento y su pérdida generan una cuestión procesal muy concreta: qué tribunal es competente para juzgar a una persona que ha ostentado un cargo aforado, según el momento exacto en que cesó en él respecto de la fase del procedimiento. Si el cese se produce antes de que empiece el juicio oral, la causa se remite normalmente al tribunal ordinariamente competente; si ya había comenzado el juicio oral, la jurisprudencia consolida la competencia en el tribunal que hasta entonces era el aforante, evitando así que un cambio de circunstancias personales del acusado interrumpa un proceso ya avanzado.
Contexto legal en España
El aforamiento y su pérdida -desaforamiento- se regulan, para diputados y senadores, en el artículo 71 de la Constitución Española, dentro del Título III sobre las Cortes Generales. Otras leyes orgánicas y estatutos reconocen fueros análogos a otros cargos -miembros del Gobierno, magistrados del Tribunal Constitucional, parlamentarios autonómicos-, cada uno con su propio tribunal competente.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Inmunidad parlamentaria
- La inmunidad protege al parlamentario frente a la detención y el procesamiento sin autorización de la cámara, mientras ostenta el cargo (artículo 71.2 de la Constitución). El aforamiento es la jurisdicción especial del Tribunal Supremo para juzgarlo; desaforar es perder específicamente esa competencia especial, no la inmunidad en su conjunto.
- Inviolabilidad
- La inviolabilidad protege las opiniones manifestadas por el parlamentario en el ejercicio de sus funciones, sin límite temporal ligado al cargo (artículo 71.1 de la Constitución). El aforamiento, en cambio, es la competencia especial para juzgar cualquier causa contra él, y se pierde al cesar en el cargo.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 71.3 de la Constitución Española atribuye a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el conocimiento de las causas contra diputados y senadores; desaforar es perder esa jurisdicción especial, lo que ocurre normalmente al cesar en el cargo, salvo que ya se hubiera iniciado la fase de juicio oral, según la doctrina jurisprudencial sobre perpetuación de la jurisdicción.
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Preguntas frecuentes sobre desaforar
¿Qué significa desaforar a alguien?
Privarlo del fuero o jurisdicción especial que tenía por razón de su cargo -por ejemplo, que su causa deje de ser competencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, conforme al artículo 71.3 de la Constitución para diputados y senadores-.
¿Cuándo se pierde el aforamiento de un diputado o senador?
Normalmente al cesar en el cargo, salvo que el juicio oral ya se hubiera iniciado mientras seguía siendo aforado, en cuyo caso el Tribunal Supremo conserva la competencia hasta concluir el proceso, según la doctrina de la perpetuación de la jurisdicción.
¿Es lo mismo aforamiento que inmunidad parlamentaria?
No. La inmunidad protege frente a la detención y el procesamiento sin autorización de la cámara. El aforamiento es la competencia especial del Tribunal Supremo para juzgar al parlamentario; son dos garantías distintas del artículo 71 de la Constitución.
Autoría y revisión editorial
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