Ejecutado: significado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 5-oct-2026 contra el BOE

Actualizado el

Qué significa Ejecutado

Persona frente a la que se despacha la ejecución forzosa

Resumen rápido: El ejecutado es la persona frente a la que se despacha la ejecución forzosa, según el artículo 538 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: quien aparece como deudor en el título ejecutivo, o quien, sin figurar como tal, responde personalmente de la deuda por disposición legal o en virtud de afianzamiento acreditado. También puede despacharse frente al propietario de bienes especialmente afectos al pago de la deuda, aunque no sea deudor, con la ejecución limitada a esos bienes (artículo 538.2.3.º).

Definición flash: El ejecutado es la persona frente a la que se despacha la ejecución forzosa: normalmente, el deudor que figura en el título ejecutivo (art. 538 LEC).

Etiqueta lingüística

Quien sufre la ejecución, en contraposición al ejecutante, que la promueve.

Definición técnica

El artículo 538.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil delimita frente a quién puede despacharse ejecución, a instancia de quien aparezca como acreedor en el título ejecutivo: quien figure como deudor en el propio título, o quien, sin figurar como tal, responda personalmente de la deuda por disposición legal o por afianzamiento acreditado mediante documento público. Como ejecutado, la persona puede oponerse a la ejecución por motivos de fondo -pago, prescripción, pluspetición- o de forma -defectos procesales-, dentro de los plazos y con los efectos que fija la propia Ley de Enjuiciamiento Civil.

Aplicación práctica

El ejecutado puede sufrir el embargo de sus bienes, la retención de saldos bancarios o el embargo de nóminas y pensiones -con los límites de inembargabilidad legalmente previstos- hasta cubrir la cantidad reclamada más los intereses y costas. Puede oponerse formalmente a la ejecución dentro del plazo legal si concurre alguna causa de oposición, o pagar voluntariamente para evitar el embargo.

Qué no es / diferencias clave

Ejecutado y deudor
El ejecutado suele ser el deudor, aunque también puede serlo el propietario no deudor de bienes especialmente afectos al pago (artículo 538.2.3.º); y no todo deudor llega a ser ejecutado: solo lo es cuando el acreedor obtiene el despacho de la ejecución forzosa frente a él conforme al artículo 538 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 538.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que solo podrá despacharse ejecución frente a «quien aparezca como deudor en el mismo título» o «quien, sin figurar como deudor en el título ejecutivo, responda personalmente de la deuda por disposición legal o en virtud de afianzamiento acreditado mediante documento público», además de quien resulte ser propietario de los bienes especialmente afectos al pago (538.2.3.º).

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Preguntas frecuentes sobre ejecutado

¿Quién puede ser ejecutado?

Quien aparezca como deudor en el título ejecutivo, o quien responda personalmente de la deuda por disposición legal o afianzamiento, según el artículo 538 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿Puede el ejecutado oponerse a la ejecución?

Sí, dentro del plazo legal, por motivos de fondo (pago, prescripción, pluspetición) o de forma, según los artículos 556 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿Es lo mismo ser deudor que ser ejecutado?

No. El ejecutado suele ser el deudor, aunque también puede serlo el propietario no deudor de bienes especialmente afectos al pago (artículo 538.2.3.º); y no todo deudor llega a ser ejecutado: solo lo es cuando el acreedor obtiene el despacho de la ejecución forzosa frente a él.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Ejecutado. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/ejecutado/. Texto verificado contra el BOE el 5-oct-2026.

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