Entidades de la economía social

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 23-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Las cooperativas, mutualidades, sociedades laborales, empresas de inserción y demás organizaciones que, rigiéndose por los principios legales, forman parte del sector de la economía social

Resumen rápido: Las entidades de la economía social son las organizaciones que, rigiéndose por los principios orientadores del art. 4 de la Ley 5/2011, forman parte de este sector. El artículo 5 de la Ley 5/2011 enumera, con carácter no exhaustivo, las principales formas jurídicas que la integran.

Definición flash: Cooperativas, mutualidades, fundaciones, sociedades laborales, empresas de inserción y otras figuras que la Ley 5/2011 integra en la economía social.

Etiqueta lingüística

La enumeración legal combina formas societarias clásicas -cooperativas, mutualidades- con figuras sectoriales específicas -cofradías de pescadores, sociedades agrarias de transformación-, reflejando la diversidad histórica de fórmulas que en España se han agrupado bajo el paraguas común de la economía social.

Definición técnica

El art. 5.1 LES cita expresamente: las cooperativas, las mutualidades, las fundaciones y asociaciones que lleven a cabo actividad económica, las sociedades laborales, las empresas de inserción, los centros especiales de empleo de iniciativa social, las cofradías de pescadores, las sociedades agrarias de transformación, las «empresas sociales» del art. 5.4, y las entidades singulares creadas por normas específicas. El art. 5.2 permite además que otras entidades que operen conforme a estos principios se incorporen al sector mediante su inclusión en el Catálogo de Entidades de Economía Social Estatal del art. 6. El art. 5.4 define adicionalmente la figura de la «empresa social»: aquella que, además de regirse por los principios orientadores, persigue el interés colectivo o una finalidad social, contempla con precisión esos fines en sus estatutos -en ámbitos como la integración laboral de personas vulnerables o el desarrollo de zonas desfavorecidas- y aplica al menos el 95% de sus resultados a esos fines o a la mejora de sus estructuras productivas.

Aplicación práctica

En cualquier caso, el art. 5.3 aclara que estas entidades se rigen, en primer término, por sus propias normas sustantivas específicas -la Ley de Cooperativas, la de Sociedades Laborales, etc.-: la Ley de Economía Social establece el marco común y los principios de pertenencia al sector, pero no sustituye el régimen jurídico propio de cada forma societaria concreta.

Qué no es / diferencias clave

Entidades de la economía social y entidades sin fines lucrativos de la Ley 49/2002
Ambas categorías se solapan parcialmente -una fundación puede pertenecer a las dos-, pero responden a leyes y finalidades distintas: la entidad sin fines lucrativos de la Ley 49/2002 es una calificación fiscal centrada en el acceso al mecenazgo, mientras que las entidades de la economía social de la Ley 5/2011 se definen por sus principios de gestión democrática y reparto según el trabajo aportado, con independencia de su régimen fiscal.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 5.1 de la Ley 5/2011 incluye entre las entidades de la economía social a las cooperativas, mutualidades, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social, entre otras.

Preguntas frecuentes sobre entidades de la economía social

¿Qué entidades forman parte de la economía social en España?

Entre otras, las cooperativas, mutualidades, sociedades laborales, empresas de inserción, centros especiales de empleo de iniciativa social, cofradías de pescadores y sociedades agrarias de transformación, conforme al art. 5.1 de la Ley 5/2011.

¿Qué es una empresa social según la Ley de Economía Social?

La entidad que, además de regirse por los principios orientadores del sector, persigue una finalidad social definida en sus estatutos y aplica al menos el 95% de sus resultados a esos fines, conforme al art. 5.4 de la Ley 5/2011.

¿Qué norma rige a cada una de estas entidades?

En primer término, sus propias normas sustantivas específicas: la Ley de Cooperativas, la de Sociedades Laborales y las demás que correspondan. La Ley de Economía Social establece el marco común y los principios de pertenencia al sector, no el régimen sustantivo de cada figura.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Entidades de la economía social. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/entidades-de-la-economia-social/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 23-ago-2026.

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