Error de hecho: significado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 5-oct-2026 contra el BOE

Actualizado el

Qué significa Error de hecho

Equivocarse sobre una circunstancia material del caso, a diferencia de equivocarse sobre la norma aplicable

Resumen rápido: El error de hecho es la equivocación sobre una circunstancia material del caso -la identidad de una persona, la sustancia de una cosa, un dato de la realidad-, a diferencia del error de derecho, que recae sobre la existencia o el alcance de una norma jurídica.

Definición flash: Error de hecho: equivocarse sobre un dato material del caso; si recae sobre la sustancia del contrato, invalida el consentimiento (art. 1266 CC).

Etiqueta lingüística

Del latín error (equivocación) y factum, lo hecho, el hecho. Frente al error de derecho -sobre la norma-, el error de hecho recae sobre la realidad material que la norma regula, distinción de raíz romanista que sigue viva en la dogmática civil y penal contemporánea.

Definición técnica

El artículo 1266 del Código Civil fija los requisitos del error de hecho como vicio del consentimiento contractual: debe recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo; el error sobre la persona solo invalida el contrato cuando la consideración a ella hubiera sido la causa principal del mismo, y el simple error de cuenta solo da lugar a su corrección. El artículo 1265 sitúa el error, junto con la violencia, la intimidación y el dolo, entre los vicios que hacen nulo el consentimiento prestado.

Aplicación práctica

En la práctica contractual, no cualquier equivocación sirve para anular un contrato: la jurisprudencia exige que el error sea esencial -recaiga sobre la sustancia o sobre condiciones determinantes-, excusable -no imputable a quien lo sufre por su propia falta de diligencia- y que no haya podido superarse con una diligencia media. Un simple cambio de opinión o un cálculo equivocado sin más no constituyen error de hecho relevante para anular el negocio.

Qué no es / diferencias clave

Error de hecho y error de derecho
El error de hecho recae sobre las circunstancias materiales del caso; el error de derecho recae sobre la existencia o el alcance de una norma jurídica, y se rige por una regla mucho más estricta -artículo 6.1 del Código Civil-, que en principio no lo admite como excusa salvo previsión legal expresa.
Error de hecho y dolo
En el error de hecho, quien se equivoca lo hace por sí mismo, sin intervención engañosa de la otra parte; en el dolo, del artículo 1269 del Código Civil, es la conducta insidiosa de un contratante la que induce al otro a celebrar un contrato que, sin ella, no habría celebrado.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 1266 del Código Civil fija el límite preciso de la figura al distinguir el error relevante del irrelevante: «El simple error de cuenta sólo dará lugar a su corrección», de modo que no todo error, ni siquiera todo error sobre un hecho, invalida el contrato -solo el que recae sobre la sustancia de la cosa o sobre condiciones determinantes de la celebración.

Encuentra un abogado

Preguntas frecuentes sobre error de hecho

¿Qué requisitos exige el Código Civil para que el error invalide un contrato?

Según el artículo 1266, que recaiga sobre la sustancia de la cosa objeto del contrato o sobre condiciones que principalmente motivaron su celebración; si recae sobre la persona, solo invalida cuando la consideración a ella fue la causa principal.

¿Un simple error de cálculo anula el contrato?

No. El propio artículo 1266 del Código Civil aclara que el simple error de cuenta solo da lugar a su corrección, no a la anulación del contrato.

¿Qué diferencia hay entre error de hecho y error de derecho?

El error de hecho recae sobre una circunstancia material del caso; el error de derecho recae sobre la existencia o el contenido de una norma jurídica, y se rige por la regla más estricta del artículo 6.1 del Código Civil.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Error de hecho. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/error-de-hecho/. Texto verificado contra el BOE el 5-oct-2026.

Artículos comentados relacionados: Art. 1265 CC · Art. 1301 CC

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de Derecho Civil

Derecho verificado contra el BOE el 5-oct-2026. Las normas pueden cambiar sin previo aviso y los textos consolidados oficiales pueden tardar en recogerlo: comprueba la vigencia en el BOE antes de actuar. En Derecho Abogados revisamos periódicamente los cambios normativos que afectan a este contenido. No nos eximimos de responsabilidad por un cambio que no hayamos recogido todavía ni por cualquier error de información: si encuentras uno, avísanos con el enlace de abajo y lo corregimos. Información general con fines divulgativos: no sustituye en ningún caso al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto. Puedes encontrar uno en nuestro directorio de abogados.

¿Quieres ayudarnos?

Esta guía la mantenemos al día pieza a pieza, y tu mirada vale mucho: si ves un dato que falta, una cita que no cuadra o cualquier cosa mejorable, cuéntanoslo. Cada aviso nos ayuda a corregirlo antes y a que la siguiente persona lo encuentre bien.