Homicidio (culposo)

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 17-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El delito de causar la muerte de otra persona, y su diferencia con el asesinato y el homicidio imprudente

Resumen rápido: El homicidio es el delito que comete quien mata a otra persona. Es el tipo básico de los delitos contra la vida y se regula en el artículo 138 del Código Penal, que lo castiga con pena de prisión de diez a quince años.

Definición flash: El homicidio es el delito de matar a otra persona (art. 138 del Código Penal); se distingue del asesinato y del homicidio imprudente.

Etiqueta lingüística

Sustantivo del lenguaje penal. Del latín homicidium («muerte de un hombre»). En sentido técnico designa el tipo básico de dar muerte a otro; en el uso común se emplea a veces como sinónimo de cualquier muerte violenta, lo que puede confundirlo con el asesinato, que es una figura agravada distinta.

Definición técnica

El homicidio del artículo 138 exige matar a otra persona con dolo, es decir, con la intención de causar la muerte o con conocimiento y aceptación del riesgo de causarla (dolo eventual). Ese elemento subjetivo —el animus necandi— es el que lo separa de un delito de lesiones cuando la víctima no muere, y de la muerte producida por simple imprudencia.

De él se derivan las demás figuras: el asesinato (artículo 139) es un homicidio cualificado por concurrir alevosía, precio, recompensa o promesa, ensañamiento, o para facilitar u ocultar otro delito; el homicidio imprudente (artículo 142) castiga la muerte causada sin intención, por imprudencia grave o menos grave, con penas sensiblemente inferiores. También se castiga la tentativa, cuando se ejecutan actos dirigidos a matar pero el resultado no se produce.

Aplicación práctica

En la práctica, la calificación —homicidio, asesinato o imprudencia— es decisiva porque marca penas muy distintas, y depende de datos que el tribunal valora: la existencia y el grado de intención, la concurrencia de circunstancias agravantes o atenuantes, y la prueba de cómo se produjeron los hechos. La defensa suele girar en torno a la presencia o ausencia del animus necandi y a la calificación correcta de las circunstancias.

Por su gravedad y sus consecuencias, es una materia de estricta reserva profesional: la defensa o la acusación en un procedimiento por homicidio exige la intervención de abogado especializado desde el primer momento.

Qué no es / diferencias clave

Asesinato
El asesinato es un homicidio cualificado: se comete con alevosía, precio, ensañamiento u otras circunstancias del artículo 139, que agravan la pena. Todo asesinato es una muerte dolosa, pero no todo homicidio es asesinato.
Homicidio imprudente
En el homicidio imprudente (art. 142) no hay intención de matar: la muerte se produce por una imprudencia grave o menos grave, con penas muy inferiores a las del homicidio doloso.
Lesiones
Si la agresión no causa la muerte, la calificación depende de la intención: con animus necandi (intención de matar) puede ser homicidio en tentativa; sin ella, un delito de lesiones.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 138 del Código Penal, artículo 138 dispone que «el que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años». El asesinato del artículo 139 eleva la pena por concurrir circunstancias como la alevosía o el ensañamiento, y el homicidio imprudente del artículo 142 la rebaja al faltar la intención de matar.

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Preguntas frecuentes sobre homicidio (culposo)

¿Qué es el homicidio?

Es el delito de matar a otra persona. Es el tipo básico de los delitos contra la vida, regulado en el artículo 138 del Código Penal, que lo castiga con prisión de diez a quince años.

¿En qué se diferencia del asesinato?

El asesinato es un homicidio agravado por concurrir circunstancias como la alevosía, el precio o el ensañamiento (artículo 139), que elevan la pena. Todo asesinato es una muerte dolosa, pero no todo homicidio es asesinato.

¿Qué es el homicidio imprudente?

Es la muerte causada sin intención, por una imprudencia grave o menos grave (artículo 142), como puede ocurrir en un accidente. Se castiga con penas sensiblemente inferiores a las del homicidio doloso.

¿Se castiga el intento de matar aunque la víctima sobreviva?

Sí. Si se ejecutan actos dirigidos a matar y el resultado no se produce, hay homicidio en grado de tentativa, con la pena inferior en uno o dos grados. La clave es acreditar la intención de matar.

¿De qué depende la pena en un caso concreto?

De la calificación (homicidio, asesinato o imprudencia), del grado de ejecución y de participación, y de las circunstancias agravantes o atenuantes. Su determinación corresponde al tribunal y exige asesoramiento profesional especializado.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Homicidio (culposo). Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/homicidio/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 17-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 139 CP

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