Importe total del crédito: significado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 5-oct-2026 contra el BOE

Actualizado el

Qué significa Importe total del crédito

El importe total adeudado por el prestatario según la Ley de contratos de crédito al consumo

Resumen rápido: A efectos de la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, se entiende por importe total del crédito el importe total adeudado por el prestatario según se define en la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo, conforme al artículo 4.11 de la Ley 5/2019.

Definición flash: Importe total del crédito (art. 4.11 LCCI): la ley lo define como el importe total adeudado por el prestatario, por remisión a la Ley 16/2011.

Etiqueta lingüística

La Ley 5/2019 no reinventa este concepto para el préstamo hipotecario: lo toma prestado, tal cual, de la Ley 16/2011 de crédito al consumo, en un ejercicio de coherencia terminológica entre ambas normas que facilita comparar el coste de un préstamo hipotecario con el de otros productos de crédito.

Definición técnica

El artículo 4.11 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, define el importe total del crédito remitiéndose a la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo. La remisión es literal al «importe total adeudado», el mismo concepto del apartado 13; pero la Ley 16/2011 distingue el importe total del crédito -el importe máximo o la suma de las cantidades puestas a disposición, artículo 6.c)- del importe total adeudado -esa suma más el coste total del crédito, artículo 6.b)-, y es al primero al que se refieren la TAE y la publicidad de la Ley 5/2019.

Aplicación práctica

El importe total del crédito es la magnitud base sobre la que se calcula la Tasa Anual Equivalente (TAE) del préstamo, definida en el apartado 14 del mismo artículo 4, y debe figurar de forma clara y destacada en toda publicidad que indique un tipo de interés o cifras relacionadas con el coste del préstamo, conforme al artículo 6 de la ley.

Qué no es / diferencias clave

Coste total del crédito
El importe total del crédito es, en la Ley 16/2011, el capital puesto a disposición del prestatario; el coste total es lo que ese crédito le cuesta: intereses, comisiones y demás gastos. La suma de ambos es el importe total adeudado. Comparar ofertas por el primero cuando lo que se quiere medir es lo segundo lleva a elegir la más cara.
Importe entregado
No siempre coinciden. Lo que se ingresa al prestatario puede ser inferior a lo adeudado si se descuentan gastos o comisiones de la propia operación, y es el importe adeudado —el del artículo 4 de la Ley 5/2019— el que sirve de referencia en la información precontractual.

Términos relacionados

Dato de autoridad

La remisión a la Ley 16/2011 no es puntual: la Ley 5/2019 la reutiliza también para definir el coste total del crédito para el prestatario, el importe total adeudado, el tipo deudor y el soporte duradero, de modo que el vocabulario económico del préstamo hipotecario queda alineado con el del crédito al consumo.

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Preguntas frecuentes sobre importe total del crédito

¿Por qué la ley hipotecaria remite a la ley de crédito al consumo para definir este concepto?

Para mantener un vocabulario económico coherente entre ambas normas de protección del prestatario: así el importe total del crédito significa lo mismo en un préstamo hipotecario que en un crédito al consumo, lo que facilita comparar ofertas de distinto tipo.

¿Para qué se usa el importe total del crédito en la práctica?

Es la base de cálculo de la Tasa Anual Equivalente del préstamo y un dato que debe figurar de forma clara y destacada en la publicidad que mencione el tipo de interés o el coste del préstamo, conforme al artículo 6 de la ley.

¿Es lo mismo que el coste total del crédito?

No. El importe total del crédito es el capital puesto a disposición del prestatario; el coste total es lo que ese crédito le cuesta: intereses, comisiones y demás gastos. Comparar ofertas por el primero cuando lo que se quiere medir es el segundo lleva a conclusiones equivocadas.

Autoría y revisión editorial

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Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Importe total del crédito. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/importe-total-del-credito/. Texto verificado contra el BOE el 5-oct-2026.

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