In voce

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 19-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

De viva voz: los informes y resoluciones orales en el proceso, y cuándo una sentencia puede dictarse hablando

Resumen rápido: In voce —de viva voz— califica lo que en el proceso se hace oralmente: el informe in voce del letrado en la vista, la resolución que el juez dicta in voce en el acto. Tiene respaldo legal expreso: la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 245 admite que «las sentencias podrán dictarse de viva voz cuando lo autorice la ley» (artículo 245.2), reserva que remite a las leyes procesales de cada orden.

Definición flash: In voce significa de viva voz: informes orales del letrado y resoluciones dictadas oralmente; la sentencia solo cuando la ley lo autoriza (art. 245 LOPJ).

Etiqueta lingüística

Latín forense: in voce, «en la voz», por oposición a in scriptis, por escrito. El castellano procesal alterna la locución latina y su traducción exacta —«de viva voz»—, que es la que emplea la LOPJ.

Definición técnica

La oralidad in voce opera en dos planos. El de parte: alegaciones e informes orales en vistas y juicios, forma natural de los procedimientos presididos por la oralidad. Y el del tribunal: resoluciones dictadas oralmente en el acto —documentadas en la grabación o el acta—, con el límite del artículo 245.2 de la LOPJ: la sentencia solo puede dictarse de viva voz cuando una ley procesal lo autorice expresamente, y las leyes que lo permiten exigen su documentación con los requisitos correspondientes y dejan a salvo el régimen de recursos. Donde no hay autorización legal, la sentencia exige forma escrita con la estructura ordinaria.

Aplicación práctica

Para el abogado, «informar in voce» es el pan de cada vista: exponer oralmente lo que no exige escrito, desde la impugnación de una prueba hasta el informe final. Frente a resoluciones dictadas in voce, la práctica defensiva tiene dos reflejos: pedir que conste íntegramente en acta o grabación —es la base del recurso— y, en su caso, anunciar en el acto el recurso que proceda cuando la ley procesal así lo contemple. La comodidad de lo oral nunca releva al tribunal de documentar lo resuelto.

Qué no es / diferencias clave

Principio de oralidad
Es el principio estructural que ordena que las actuaciones se desarrollen predominantemente de palabra; in voce es la etiqueta forense de cada acto concreto realizado de viva voz.
Sentencia oral sin límites
No existe: el art. 245.2 LOPJ solo permite dictar sentencia de viva voz «cuando lo autorice la ley», y siempre con documentación en acta o grabación.
In scriptis
Es su contrario clásico: lo actuado por escrito. El proceso combina ambos planos según la fase y la ley aplicable.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 245.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone que «las sentencias podrán dictarse de viva voz cuando lo autorice la ley»: la fórmula legal exacta de lo que el foro llama dictar sentencia in voce.

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Preguntas frecuentes sobre in voce

¿Qué significa in voce?

De viva voz: lo que en el proceso se hace oralmente — el informe oral del abogado en la vista o la resolución que el juez dicta en el acto.

¿Puede un juez dictar sentencia in voce?

Solo cuando una ley procesal lo autorice expresamente (art. 245.2 LOPJ), y documentándola en el acta o grabación con los requisitos legales.

¿Cómo se recurre una resolución dictada in voce?

Igual que la escrita: la clave práctica es que conste íntegra en el acta o la grabación, y anunciar o interponer el recurso en la forma y plazo que la ley procesal disponga para ese caso.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

In voce. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/in-voce/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto 2026-08-20; muestreo cualitativo (cotejo CC 334/1266, LEC 23/31, LBRL 21, CP 13 verificados contra boe-cache), 19-ago-2026.

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