Inconstitucionalidad: significado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 5-oct-2026 contra el BOE

Actualizado el

Qué significa Inconstitucionalidad

El vicio de una norma con rango de ley que la hace contraria a la Constitución, declarable solo por el Tribunal Constitucional

Resumen rápido: La inconstitucionalidad es el vicio que afecta a una norma con rango de ley cuando su contenido contradice la Constitución. A diferencia de la ilegalidad ordinaria, que puede apreciar cualquier tribunal, la declaración de inconstitucionalidad de una ley está reservada en exclusiva al Tribunal Constitucional, a través de dos vías: el recurso de inconstitucionalidad, que regula el artículo 161.1.a) de la Constitución, y la cuestión de inconstitucionalidad, que plantea un juez ordinario cuando alberga dudas sobre la constitucionalidad de una norma que debe aplicar.

Definición flash: Inconstitucionalidad es el vicio de una ley contraria a la Constitución; solo el Tribunal Constitucional puede declararla (art. 161.1.a CE).

Etiqueta lingüística

Del prefijo negativo «in-» sobre «constitucional», y este de «Constitución» -del latín constitutio, orden, disposición-. La inconstitucionalidad nombra la cualidad de lo que no encaja en, o contradice, la norma que da forma y validez a todo el ordenamiento jurídico.

Definición técnica

El artículo 9.1 de la Constitución fija el fundamento último de la inconstitucionalidad como categoría: «Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico», de modo que ninguna ley puede válidamente contradecirla. El artículo 161.1.a) atribuye al Tribunal Constitucional la competencia exclusiva para conocer «del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley», precisando que la declaración de inconstitucionalidad, interpretada por la jurisprudencia, afecta a esa jurisprudencia, aunque las sentencias ya recaídas conserven el valor de cosa juzgada. Junto al recurso, promovido por sujetos legitimados dentro de un plazo tasado, la cuestión de inconstitucionalidad permite a cualquier juez, durante un proceso concreto, plantear al Tribunal Constitucional sus dudas sobre la norma que debe aplicar.

Aplicación práctica

Ningún juez ordinario puede, por sí mismo, dejar de aplicar una ley posterior a la Constitución por considerarla inconstitucional (las anteriores que se le opongan quedaron derogadas por la disposición derogatoria, apartado 3): solo puede plantear la cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional y esperar su pronunciamiento, o inaplicarla directamente si existe ya una sentencia previa del propio Tribunal que la haya declarado inconstitucional. Esta reserva de jurisdicción -el llamado monopolio de rechazo de la ley- es una de las claves del sistema español de control de constitucionalidad, distinto del modelo difuso de otros países donde cualquier juez puede inaplicar una ley que considere inconstitucional.

Qué no es / diferencias clave

Inconstitucionalidad y recurso de inconstitucionalidad
La inconstitucionalidad es el vicio mismo de la norma, su contradicción con la Constitución; el recurso de inconstitucionalidad es una de las dos vías procesales -junto a la cuestión- para que el Tribunal Constitucional la declare formalmente.
Inconstitucionalidad e ilegalidad
La ilegalidad es la contradicción de una norma de rango inferior con una ley, y puede apreciarla cualquier tribunal ordinario o la jurisdicción contencioso-administrativa; la inconstitucionalidad de una norma con rango de ley solo puede declararla el Tribunal Constitucional.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El propio artículo 161.1.a) de la Constitución precisa un matiz técnico importante: la declaración de inconstitucionalidad de una norma con rango de ley, «interpretada por la jurisprudencia», afecta a esa interpretación, «si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada» -la inconstitucionalidad declarada no reabre, como regla general, los procesos ya resueltos con sentencia firme.

Preguntas frecuentes sobre inconstitucionalidad

¿Quién puede declarar inconstitucional una ley en España?

Solo el Tribunal Constitucional, a través del recurso de inconstitucionalidad o de la cuestión de inconstitucionalidad, conforme a los artículos 161.1.a) y 163 de la Constitución. Ningún otro tribunal puede hacerlo.

¿Puede un juez ordinario dejar de aplicar una ley por considerarla inconstitucional?

No por sí mismo. Debe plantear la cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional y esperar su pronunciamiento, salvo que ya exista una sentencia previa del Tribunal que la haya declarado inconstitucional.

¿La declaración de inconstitucionalidad de una ley reabre los casos ya resueltos?

Como regla general, no. El propio artículo 161.1.a) de la Constitución aclara que las sentencias firmes ya recaídas conservan el valor de cosa juzgada.

Autoría y revisión editorial

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Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Inconstitucionalidad. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/inconstitucionalidad/. Texto verificado contra el BOE el 5-oct-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 9 CE

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