El momento en que un sistema de IA se comercializa por primera vez en la Unión Europea
Resumen rápido: La introducción en el mercado es, en el Reglamento (UE) 2024/1689 de inteligencia artificial, la primera comercialización de un sistema de IA o de un modelo de IA de uso general en el mercado de la Unión. Es un concepto de momento, no de actividad continuada: marca el instante a partir del cual el producto entra en el circuito comercial europeo y, con él, se activan las obligaciones que el reglamento impone sobre evaluación de la conformidad, documentación y vigilancia.
Definición flash: Primera comercialización de un sistema o modelo de IA en el mercado de la Unión: el momento en que se activan las obligaciones del reglamento.
Etiqueta lingüística
«Introducción en el mercado» traduce el «placing on the market» del derecho europeo de productos, y no equivale al uso coloquial de «lanzamiento» o «salida al mercado». Lo decisivo es el adjetivo «primera»: cada unidad posterior se comercializa, pero solo la primera vez hay introducción en el mercado.
Definición técnica
El artículo 3, punto 9, define la introducción en el mercado como la primera comercialización en el mercado de la Unión de un sistema de IA o de un modelo de IA de uso general. El punto 10 completa el par definiendo la comercialización como el suministro de un sistema de IA o de un modelo de IA de uso general para su distribución o utilización en el mercado de la Unión en el transcurso de una actividad comercial, previo pago o gratuitamente. De la combinación de ambos puntos se extrae una consecuencia relevante: la gratuidad no excluye la aplicación del reglamento, porque la comercialización abarca expresamente el suministro gratuito.
Aplicación práctica
Determinar la fecha de introducción en el mercado importa porque de ella dependen el régimen transitorio aplicable, el momento en que debía completarse la evaluación de la conformidad y el arranque del sistema de vigilancia poscomercialización. En la práctica conviene documentarla: sin prueba de cuándo se produjo la primera comercialización, es difícil defender que un sistema quedaba amparado por un régimen anterior.
Contexto legal en España
El concepto procede del Reglamento (UE) 2024/1689 y sigue la lógica del marco europeo de comercialización de productos, del que el reglamento de IA toma buena parte de su arquitectura: proveedor, importador, distribuidor, evaluación de la conformidad y organismos notificados.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Puesta en servicio
- La INTRODUCCIÓN EN EL MERCADO es la primera comercialización en el mercado de la Unión. La PUESTA EN SERVICIO es el suministro del sistema para su primer uso, directamente al responsable del despliegue o para uso propio. Un sistema desarrollado para uso interno puede ponerse en servicio sin haberse introducido nunca en el mercado.
- Comercialización
- La COMERCIALIZACIÓN es el suministro para distribución o utilización en el mercado de la Unión, y se repite con cada unidad. La INTRODUCCIÓN EN EL MERCADO es solo la PRIMERA de esas comercializaciones.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 3, punto 10, del Reglamento (UE) 2024/1689 define «comercialización» como «el suministro de un sistema de IA o de un modelo de IA de uso general para su distribución o utilización en el mercado de la Unión en el transcurso de una actividad comercial, previo pago o gratuitamente»: el suministro gratuito también cuenta.
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Preguntas frecuentes sobre introducción en el mercado
¿Qué es la introducción en el mercado de un sistema de IA?
La primera comercialización de ese sistema de IA, o de un modelo de IA de uso general, en el mercado de la Unión Europea, conforme al artículo 3, punto 9, del Reglamento (UE) 2024/1689.
¿Cuenta si el sistema se distribuye gratis?
Sí. El artículo 3, punto 10, incluye en la comercialización el suministro realizado previo pago o gratuitamente, de modo que la gratuidad no excluye la aplicación del reglamento.
¿Es lo mismo que la puesta en servicio?
No. La puesta en servicio es el suministro para el primer uso al responsable del despliegue o para uso propio; puede darse sin introducción previa en el mercado, por ejemplo en sistemas desarrollados para uso interno.
Autoría y revisión editorial
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