Presunción iuris et de iure

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 18-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Presunción legal absoluta que no admite prueba en contrario

Resumen rápido: La presunción iuris et de iure («de derecho y por derecho») es la presunción legal absoluta que, a diferencia de la iuris tantum, no admite prueba en contrario: una vez acreditado el hecho base, el hecho presumido se tiene por cierto de forma irrefutable, con independencia de lo que pudiera probarse en sentido contrario.

Definición flash: La presunción iuris et de iure es absoluta: no admite prueba en contrario, a diferencia de la presunción iuris tantum del artículo 385 LEC.

Etiqueta lingüística

Del latín iuris et de iure, literalmente "de derecho y por derecho": el hecho se tiene por cierto no solo conforme al derecho, sino de manera tan definitiva que ni siquiera el propio derecho admite discutirlo mediante prueba.

Definición técnica

Las presunciones iuris et de iure son excepcionales en el ordenamiento español, precisamente por su carácter absoluto, que puede entrar en tensión con el derecho a la prueba y la tutela judicial efectiva si se aplican sin justificación suficiente. El legislador las reserva a supuestos en que razones de seguridad jurídica o de imposibilidad práctica de la prueba en contrario justifican cerrar por completo la discusión sobre un hecho, una vez constatado el presupuesto que la desencadena. La mayoría de las presunciones del ordenamiento español son, por el contrario, iuris tantum, precisamente para preservar el derecho de la parte perjudicada a desvirtuarlas.

Aplicación práctica

Distinguir si una presunción concreta es iuris tantum o iuris et de iure es determinante para la estrategia procesal: frente a una presunción absoluta, carece de sentido intentar aportar prueba dirigida a desvirtuar directamente el hecho presumido, y la defensa debe orientarse, en su caso, a negar que concurra el hecho base que la desencadena.

Qué no es / diferencias clave

Presunción iuris et de iure y ficción legal
La presunción iuris et de iure parte de un hecho base probado del que se infiere el hecho presumido, sin admitir prueba en contrario; la ficción legal no infiere nada de un hecho real, sino que impone artificialmente como cierto algo que se sabe que no lo es, por razones de técnica jurídica.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 385 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el régimen general de las presunciones legales, reservando la admisión de prueba en contrario -y por tanto excluyendo el carácter absoluto- solo a las presunciones que la ley establece expresamente «salvo prueba en contrario».

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Preguntas frecuentes sobre presunción iuris et de iure

¿Qué es una presunción iuris et de iure?

Una presunción legal absoluta que no admite prueba en contrario: una vez probado el hecho base, el hecho presumido se tiene por cierto de forma irrefutable.

¿Son frecuentes las presunciones iuris et de iure en España?

No: son excepcionales, ya que la mayoría de las presunciones del ordenamiento español son iuris tantum, admitiendo prueba en contrario.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Presunción iuris et de iure. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/juris-et-de-jure/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 18-ago-2026.

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