Máximas y aforismos jurídicos latinos

Un aforismo latino no es decoración: es una regla condensada en pocas palabras, muchas veces más antigua que el código que hoy la recoge. Se siguen citando porque dicen en una línea lo que un artículo tarda un párrafo en explicar.

Cómo se interpreta y quién decide

Iura novit curia
el tribunal conoce el Derecho: las partes no tienen que probar la norma, solo los hechos.
Ignorantia legis non excusat
la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento (art. 6.1 CC).
In dubio pro reo
en caso de duda sobre los hechos, se falla a favor del acusado.
Favor libertatis
entre dos lecturas posibles de la norma, se prefiere la más favorable a la libertad.
Favor debitoris
en la duda sobre una obligación, se interpreta a favor de quien debe.
In dubio pro operario
la duda sobre el sentido de una norma laboral se resuelve a favor del trabajador.
Nulla poena sine lege
no hay pena sin una ley previa que la establezca.
Ex post facto
ley posterior al hecho: prohibida cuando castiga o agrava lo ya ocurrido.
A contrario
si la norma regula un supuesto, se entiende que excluye los que no menciona.
A fortiori
si la norma se aplica al caso menos grave, se aplica con más razón al más grave.

Volver al índice

Conflicto entre normas

Lex posterior
entre dos normas del mismo rango, la posterior deroga a la anterior.
Lex specialis
la norma específica prevalece sobre la general.
Lex superior
la norma de rango superior prevalece sobre la de rango inferior.
Lex rei sitae
los derechos sobre los bienes se rigen por la ley del lugar donde se hallan.

Volver al índice

Prueba y presunciones

Onus probandi
quién tiene que probar cada hecho, y qué pasa si no lo consigue.
Prima facie
lo que parece cierto a primera vista, mientras no se demuestre lo contrario.
Quantum de prueba
cuánta prueba hace falta para tener un hecho por acreditado.
Iuris tantum
presunción legal que SÍ admite prueba en contrario.
Iuris et de iure
presunción legal que NO admite prueba en contrario.

Volver al índice

Proceso y recursos

A Quo
el juez o tribunal cuya resolución se recurre.
Ad Quem
el juez o tribunal que va a resolver el recurso.
Ultra petita
la sentencia concede más de lo que se pidió.
Extra petita
la sentencia concede algo distinto de lo que se pidió.
Reformatio in peius
prohibición de que, al recurrir tú solo, tu situación empeore.
Non bis in idem
nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo hecho.
Res iudicata
lo resuelto por sentencia firme no puede volver a discutirse.
Cosa juzgada
el nombre en español de res iudicata; efecto de las resoluciones firmes.
Error in persona
el error sobre la identidad de la persona con quien se contrata o litiga.
A instancia de parte
el procedimiento que solo se inicia o continúa si el interesado lo pide.

Volver al índice

Contratos y obligaciones

Pacta sunt servanda
los pactos deben cumplirse.
Consensus facit legem
el acuerdo hace ley entre las partes: el contrato obliga como si fuera una norma (art. 1091 CC).
Rebus sic stantibus
un contrato puede revisarse si las circunstancias cambian de forma extraordinaria.
Bona fide
actuar con lealtad y honestidad, sin intención de engañar.
Mala fide
actuar con conocimiento de que se causa un perjuicio o se falta a la verdad.
Exceptio doli
defensa frente a quien ejercita un derecho con dolo o abuso manifiesto.
Eventus damni
el daño al acreedor que permite impugnar los actos del deudor por la acción pauliana.
Nemo dat quod non habet
nadie puede transmitir un derecho que no tiene.
Solve et repete
regla —hoy muy limitada— de pagar primero y reclamar después.
Quod initio vitiosum est...
lo que nace nulo de raíz no se convalida por el simple paso del tiempo, a diferencia de lo anulable.

Volver al índice

Instituciones y principios del Derecho romano

Capitis deminutio
pérdida o disminución del status jurídico de una persona; hoy imposible, la personalidad jurídica es universal.
Communis error (facit jus)
el error común y de buena fe puede producir efectos jurídicos pese a no ajustarse a la legalidad estricta.
Legis actio
los ritos procesales solemnes del derecho romano arcaico: equivocar una palabra era perder el pleito.

Volver al índice

Guerra y relaciones internacionales

Cedant leges inter arma
que las leyes cedan entre las armas: la fuerza puede imponerse al Derecho en la guerra, hoy con límites constitucionales.

Volver al índice

Locuciones de tiempo y modo

Ab Initio
desde el principio, desde el origen del acto.
De facto
de hecho, con independencia de que esté reconocido por el derecho.
De Jure
por mandato o reconocimiento del derecho.
Sine die
sin fecha fijada.
Ad hoc
creado o dispuesto específicamente para ese caso.
Ad cautelam
por precaución, para evitar un perjuicio futuro.
In fraganti
sorprendido en el momento mismo de cometer el hecho.
In voce
de viva voz: el informe o la resolución que se hacen oralmente en la vista.
Per cápita
por cabezas: cuota igual para cada persona, frente al reparto por estirpes.
Sui generis
de su propio género, una figura que no encaja en las categorías habituales.
Numerus clausus
un número cerrado y tasado por la ley, sin más opciones que las previstas.
Dura lex, sed lex
la ley es dura, pero es la ley.
Erga omnes
con efectos frente a todos, no solo entre las partes.
Habeas corpus
procedimiento para que un detenido sea llevado ante un juez de inmediato.
Habeas data
el equivalente al habeas corpus para el acceso y control de los propios datos.

Volver al índice

Qué no vas a encontrar aquí

No incluimos locuciones cuyo significado no hayamos podido verificar en una fuente jurídica solvente, ni atribuciones de origen inventadas: si una máxima circula con una traducción dudosa o una historia que no hemos podido confirmar, preferimos dejarla fuera antes que publicar algo que suena bien y no es exacto. Esta lista crece a medida que desarrollamos más fichas, no de golpe.

Cómo seleccionamos y verificamos las máximas

Se citan en sentencias y escritos, y su origen romano es compartido por buena parte del derecho continental: quien las entiende maneja el mismo idioma jurídico en varios países a la vez.

Esta página reúne las que usamos en el diccionario, agrupadas por para qué sirven —no por orden alfabético, que es cómodo de construir pero inútil para aprender—. Cada una enlaza a su ficha propia, donde está desarrollada con su origen, su alcance y, cuando existe, la norma española que la recoge. Ninguna referencia de esta página es una traducción libre: el significado de cada locución se ha verificado antes de publicarse.

¿Necesitas ayuda con este concepto? Encuentra la especialidad adecuada

Ver también: Ramas del Derecho, si lo que buscas es en qué área jurídica encaja tu problema, o siglas jurídicas y abreviaturas si lo que te falta es leer una cita, o marcas geográficas si el caso ocurre fuera del derecho común..