Novísima Recopilación

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 19-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

La compilación de leyes castellanas de 1805 que cerró la tradición recopiladora del Antiguo Régimen

Resumen rápido: La Novísima Recopilación es la compilación oficial de leyes del Reino de Castilla promulgada en 1805 por Carlos IV, que reunió y actualizó, en doce libros, la legislación dispersa acumulada desde la Nueva Recopilación de 1567, constituyendo la última gran recopilación del Derecho histórico español anterior al proceso codificador del siglo XIX.

Definición flash: La compilación de leyes castellanas de 1805, última gran recopilación del Derecho histórico español antes de la codificación.

Etiqueta lingüística

«Novísima» -superlativo de «nueva»- expresa que se trataba de la recopilación más reciente y actualizada respecto de la Nueva Recopilación de 1567, cuyo nombre a su vez la distinguía de la primitiva Recopilación de Castilla u Ordenamiento de Montalvo de 1484.

Definición técnica

La Novísima Recopilación se estructura en doce libros, siguiendo en lo esencial el orden de materias heredado de la tradición recopiladora castellana -organización de los tribunales, Derecho penal, Derecho de familia y sucesiones, hacienda, comercio, entre otras-, e incorpora la legislación promulgada entre 1567 y comienzos del siglo XIX, incluidas numerosas pragmáticas y disposiciones de los Austrias y de los primeros Borbones. A diferencia de un Código moderno, no deroga expresamente el Derecho anterior que no incorpora, por lo que coexistió, en la práctica, con las Siete Partidas, el Fuero Real y otras fuentes históricas que seguían aplicándose supletoriamente según el orden de prelación fijado por el propio Derecho castellano.

Aplicación práctica

La Novísima Recopilación perdió su vigencia práctica de forma progresiva a lo largo del siglo XIX, a medida que los sucesivos Códigos -el Código de Comercio, el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Civil y, finalmente, el Código Civil de 1889- fueron sustituyendo, materia por materia, el Derecho histórico castellano; hoy su interés es exclusivamente histórico y forma parte, junto con la Nueva Recopilación y las Siete Partidas, del objeto de estudio de la historia del Derecho español.

Qué no es / diferencias clave

Nueva Recopilación (1567)
La Nueva Recopilación, promulgada por Felipe II en 1567, es la compilación anterior que la Novísima Recopilación de 1805 vino a actualizar y sustituir, incorporando la legislación promulgada en el intervalo de casi dos siglos y medio entre ambas.

Términos relacionados

Dato de autoridad

La Novísima Recopilación fue promulgada en 1805 por Carlos IV y estructurada en doce libros, como culminación de la tradición recopiladora castellana iniciada con la Nueva Recopilación de 1567.

Preguntas frecuentes sobre novísima recopilación

¿Qué es la Novísima Recopilación?

La compilación oficial de leyes castellanas promulgada en 1805 por Carlos IV, última gran recopilación del Derecho histórico español antes de la codificación.

¿Cuántos libros tiene la Novísima Recopilación?

Doce libros, organizados por materias según la tradición recopiladora castellana.

¿Tiene vigencia hoy en España?

No. Fue sustituida progresivamente por los Códigos del siglo XIX y hoy solo tiene interés histórico.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Novísima Recopilación. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/novisima-recopilacion/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 19-ago-2026.

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