Sálico

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 19-ago-2026 contra el BOE

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Por qué en España no rige la ley sálica, sino solo una preferencia del varón que la Constitución permite reformar

Resumen rápido: Sálico es el adjetivo que califica el sistema de sucesión -de origen franco- que excluye por completo a las mujeres de la sucesión al trono. España nunca ha regido por la ley sálica en sentido estricto: el artículo 57.1 de la Constitución no excluye a la mujer, solo la pospone al varón en igualdad de línea y grado dentro del orden de primogenitura.

Definición flash: España no tiene ley sálica: el art. 57.1 CE da preferencia al varón sobre la mujer en la sucesión a la Corona, no la excluye.

Etiqueta lingüística

Del latín medieval lex salica, el código de los francos salios (siglo VI), que negaba a las mujeres la herencia de la tierra y, por extensión política posterior en Francia, la Corona. En España el término se usa con frecuencia de forma imprecisa: la Pragmática Sanción de 1830 abolió la aplicación en España del auto acordado de 1713 -que sí había importado el criterio sálico francés para excluir a las mujeres- y restauró el sistema tradicional castellano de las Partidas, que prefiere al varón sin excluir a la mujer. La Constitución de 1978 continúa ese modelo de preferencia masculina, no el sálico puro.

Definición técnica

El artículo 57.1 CE ordena la sucesión a la Corona por el «orden regular de primogenitura y representación», con tres criterios sucesivos: primero, la línea anterior es preferida a las posteriores; segundo, dentro de la misma línea, el grado más próximo al más remoto; tercero, en el mismo grado, «el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos». Nótese el orden de aplicación: el sexo solo desempata dentro del mismo grado de la misma línea -no antepone a un varón de grado o línea más lejana frente a una mujer de grado o línea más próxima-. Por eso el sistema español es de preferencia agnaticia mitigada, no de exclusión sálica: una mujer sin hermanos varones sí hereda la Corona, como le corresponde hoy a la Princesa de Asturias.

Aplicación práctica

En la práctica, la regla del artículo 57.1 CE solo se activa cuando compiten un hombre y una mujer en el mismo grado y la misma línea; fuera de ese supuesto, decide el grado o la línea, no el sexo. La reforma de este artículo para suprimir la preferencia masculina -equiparando a hombres y mujeres en pie de igualdad- ha sido objeto de debate político y doctrinal repetido desde 2004, sin que haya llegado a tramitarse: exigiría el procedimiento agravado de reforma constitucional del artículo 168 CE, con disolución de las Cortes y ratificación por las nuevas Cámaras y referéndum.

Qué no es / diferencias clave

Primogenitura
Es el criterio que prefiere, dentro del mismo sexo, a la persona de más edad; el criterio sálico o de preferencia masculina es un criterio distinto y jerárquicamente anterior, que solo entra en juego para desempatar entre un varón y una mujer del mismo grado y línea.
Regencia
La regencia (art. 59 CE) es el ejercicio temporal de las funciones de la Corona cuando el Rey es menor de edad o está inhabilitado; no altera el orden de sucesión ni el criterio del art. 57.1 CE, solo suple transitoriamente a quien ya es titular de la Corona.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 57.1 de la Constitución dispone textualmente: «La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos».

Preguntas frecuentes sobre sálico

¿Tiene España ley sálica?

No en sentido estricto. La ley sálica excluye por completo a las mujeres; el artículo 57.1 de la Constitución solo las pospone al varón cuando compiten en el mismo grado y la misma línea, pero no las excluye de la sucesión.

¿Puede heredar la Corona una mujer con la Constitución actual?

Sí. Si no hay ningún varón en su mismo grado y línea, la mujer sucede sin obstáculo -es, de hecho, la situación de la actual Princesa de Asturias, heredera al no tener hermanos varones.

¿Se ha reformado el artículo 57.1 CE para eliminar la preferencia del varón?

No. Se ha debatido varias veces desde 2004, pero exigiría el procedimiento agravado de reforma constitucional del artículo 168 CE y nunca se ha tramitado formalmente.

¿De dónde viene la expresión «ley sálica»?

Del latín lex salica, el código de los antiguos francos salios, que en Francia se usó para excluir a las mujeres del trono. España, salvo el paréntesis del auto acordado de 1713, nunca adoptó ese sistema en sentido puro.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Sálico. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/salico/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 19-ago-2026.

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