La fijación de la fecha y hora en que se celebrará una vista o un juicio
Resumen rápido: El señalamiento es el acto por el que se fija la fecha y la hora en que ha de celebrarse una vista, un juicio o un trámite equivalente, atendiendo con carácter general al orden en que los procedimientos alcanzan el estado procesal oportuno y a la disponibilidad de sala y de agenda del órgano judicial.
Definición flash: El señalamiento es la fijación de la fecha y hora en que se celebrará una vista o un juicio.
Etiqueta lingüística
«Señalamiento» es el sustantivo derivado de «señalar», del latín signare (marcar, indicar). En el lenguaje judicial, señalar un asunto significa fijarle un lugar concreto en la agenda del tribunal.
Definición técnica
El artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el señalamiento de las vistas: corresponde a los presidentes de Sala o Sección fijar los criterios generales -días predeterminados, horas de audiencia, número de señalamientos, duración aproximada, naturaleza y complejidad de los asuntos-, mientras que son los letrados de la Administración de Justicia quienes, sujetándose a esos criterios, establecen en la práctica la fecha y hora concretas de cada vista, respetando como regla general el orden de llegada de los procedimientos al estado en que deban celebrarse, salvo las excepciones legalmente previstas.
Aplicación práctica
En la práctica, el señalamiento determina cuándo se va a celebrar realmente un juicio, lo que condiciona la planificación del despacho y, con frecuencia, la propia estrategia procesal -por ejemplo, al coordinar la disponibilidad de testigos o peritos-. La agenda de señalamientos de cada órgano judicial debe hacerse pública, de modo que su consulta permite comprobar la fecha y el tipo de actuación de los asuntos ya fijados.
Contexto legal en España
El señalamiento de las vistas se regula en el artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dentro del régimen general de las actuaciones judiciales.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Señalamiento y citación
- El señalamiento es el acto interno del órgano judicial por el que se fija la fecha y hora de una vista. La citación es el acto de comunicación posterior por el que se informa a las partes de esa fecha ya señalada, para que comparezcan.
- Señalamiento y vista pública
- El señalamiento fija cuándo se va a celebrar el acto. La vista pública es la manifestación del principio de publicidad, referida a que ese acto, una vez señalado y celebrado, pueda presenciarse por cualquier persona salvo las excepciones legales.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige que la agenda programada de señalamientos de cada órgano judicial se gestione conforme al orden de llegada de los procedimientos al estado en que deba celebrarse vista o juicio, salvo las excepciones legalmente establecidas o los casos en que el propio órgano acuerde dar preferencia a un asunto.
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Preguntas frecuentes sobre señalamiento
¿Qué es el señalamiento de un juicio?
Es el acto por el que el órgano judicial fija la fecha y hora en que se celebrará una vista, un juicio o un trámite equivalente, dentro de la agenda programada del tribunal.
¿Quién decide la fecha de un señalamiento?
Los presidentes de Sala o Sección fijan los criterios generales, y los letrados de la Administración de Justicia establecen, dentro de esos criterios, la fecha y hora concretas de cada vista, respetando en general el orden de llegada de los asuntos.
¿Se puede consultar la agenda de señalamientos de un juzgado?
Sí. La ley exige que la relación de señalamientos se haga pública, de modo que pueda conocerse la fecha, hora, tipo de actuación y número de procedimiento de los asuntos ya fijados.
Autoría y revisión editorial
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Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.