Seudonimización: significado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 5-oct-2026 contra el BOE

Actualizado el

Qué significa Seudonimización

La técnica de tratamiento de datos personales del RGPD que impide atribuirlos a una persona identificada sin recurrir a información adicional protegida por separado

Resumen rápido: La seudonimización es, según el artículo 4.5 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), «el tratamiento de datos personales de manera tal que ya no puedan atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional, siempre que dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona física identificada o identificable».

Definición flash: Seudonimización (art. 4.5 RGPD): tratar datos personales de modo que no se atribuyan a una persona sin información adicional guardada aparte.

Etiqueta lingüística

«Seudo-» procede del griego pseudḗs (falso, engañoso); «-nimización» remite a ónyma (nombre): sustituir un dato identificativo por un nombre o código que no lo es, de forma reversible con la clave adecuada.

Definición técnica

El artículo 4.5 RGPD exige dos elementos acumulativos para que exista seudonimización: que los datos ya no puedan atribuirse al interesado sin información adicional, y que esa información adicional se mantenga separada y protegida con medidas técnicas y organizativas. A diferencia de la anonimización, la seudonimización es reversible: quien conserva la clave o la información adicional puede volver a identificar al interesado, razón por la que el propio Reglamento sigue considerando dato personal la información seudonimizada.

Aplicación práctica

La seudonimización es una de las medidas de seguridad que el RGPD recomienda de forma expresa -junto con el cifrado- para reducir riesgos en el tratamiento de datos y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de protección de datos desde el diseño y por defecto. No exime, sin embargo, de aplicar el resto de las obligaciones del Reglamento: los datos seudonimizados siguen siendo datos personales.

Qué no es / diferencias clave

Anonimización
La seudonimización es reversible -quien tiene la clave puede volver a identificar al interesado- y los datos seudonimizados siguen siendo datos personales sujetos al RGPD; la anonimización elimina de forma irreversible la posibilidad de identificar a la persona, y los datos anonimizados dejan de ser datos personales.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 4.5 del RGPD exige que la información adicional que permitiría reidentificar al interesado «figure por separado y esté sujeta a medidas técnicas y organizativas» de protección.

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Preguntas frecuentes sobre seudonimización

¿Qué es la seudonimización de datos personales?

El tratamiento de datos personales de forma que no puedan atribuirse a una persona sin usar información adicional, guardada aparte y protegida con medidas técnicas y organizativas (art. 4.5 RGPD).

¿Los datos seudonimizados dejan de ser datos personales?

No. La seudonimización es reversible con la información adicional, por lo que el RGPD sigue tratando esos datos como datos personales sujetos a todas sus obligaciones.

¿Es lo mismo que la anonimización?

No. La anonimización es irreversible y hace que el dato deje de ser personal; la seudonimización es reversible para quien conserva la clave o la información adicional.

Autoría y revisión editorial

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Cómo citar esto

Seudonimización. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/seudonimizacion/. Texto verificado contra el BOE el 5-oct-2026.

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