Tipo impositivo reducido (IVA)

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 24-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El 10% que se aplica a alimentos, medicamentos veterinarios, vivienda y otros bienes de primera necesidad

Resumen rápido: El tipo impositivo reducido del IVA es el 10%, frente al tipo general del 21%. El artículo 91 de la Ley del IVA enumera de forma exhaustiva las entregas, adquisiciones intracomunitarias, importaciones y prestaciones de servicios a las que se aplica.

Definición flash: El tipo reducido del IVA es el 10%, aplicable a alimentos, medicamentos veterinarios, ciertos productos farmacéuticos, viviendas y otros bienes y servicios de primera necesidad (art. 91 Ley IVA).

Etiqueta lingüística

El artículo distingue "reducido" (10%) de "superreducido" (4%, regulado en el apartado Dos del mismo artículo para bienes de primera necesidad como el pan, la leche o los libros): son dos tipos distintos, ambos por debajo del general, pero no intercambiables.

Definición técnica

El catálogo del apartado Uno.1 incluye, entre otros: los alimentos aptos para la nutrición humana o animal según el Código Alimentario -con exclusión expresa de bebidas alcohólicas y bebidas refrescantes o zumos con azúcares añadidos-; los animales y productos susceptibles de generar alimentos; los insumos agrícolas, forestales y ganaderos (semillas, fertilizantes, herbicidas, plásticos para invernadero); el agua apta para consumo humano, animal o riego; los medicamentos de uso veterinario; determinados productos farmacéuticos de uso directo por el consumidor final que no tengan ya el tipo superreducido; los equipos médicos diseñados para personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales; y los edificios o partes de ellos aptos como vivienda, incluidas hasta dos plazas de garaje y anexos transmitidos conjuntamente.

Aplicación práctica

En la práctica, la aplicación del tipo reducido a la vivienda es una de las más relevantes económicamente: comprar una vivienda nueva tributa al 10% de IVA en lugar del 21% general, con el límite de que solo se benefician del tipo reducido hasta dos plazas de garaje transmitidas junto con la vivienda.

Qué no es / diferencias clave

Tipo superreducido
El tipo reducido es del 10% (art. 91.Uno); el superreducido, del 4%, se aplica a un catálogo más restringido de bienes de primera necesidad regulado en el art. 91.Dos, distinto del reducido.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 91.Uno de la Ley del IVA dispone: «Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes [...]».

Preguntas frecuentes sobre tipo impositivo reducido (iva)

¿Qué IVA se paga al comprar una vivienda nueva?

El tipo reducido del 10% (art. 91.Uno.1.7º Ley IVA), que también cubre hasta dos plazas de garaje y los anexos transmitidos conjuntamente con la vivienda.

¿Las bebidas alcohólicas tienen el tipo reducido de alimentación?

No. El artículo 91.Uno excluye expresamente las bebidas alcohólicas, así como las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos, del tipo reducido aplicable a los alimentos.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Tipo impositivo reducido (IVA). Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/tipo-impositivo-reducido/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-04, 24-ago-2026.

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