Diseño industrial

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 7-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

La apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, protegible mediante su inscripción en el Registro de Diseños

Resumen rápido: El diseño industrial es la apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, que se deriva de las características de sus líneas, contornos, colores, forma, textura o materiales. El artículo 1.2.a) de la Ley 20/2003, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, define así el diseño, a los efectos de esa ley.

Definición flash: Apariencia de un producto (líneas, colores, forma, textura); se protege mediante inscripción en el Registro de Diseños.

Etiqueta lingüística

En el habla común, «diseño» se usa como término genérico para cualquier aspecto estético de un objeto, sin más precisión. Jurídicamente, el diseño industrial tiene un concepto legal técnico y un régimen de protección propio, distinto del de la propiedad intelectual: para gozar de la protección reforzada como diseño registrado, es necesaria su inscripción en el Registro de Diseños.

Definición técnica

El artículo 1.2 de la Ley 20/2003 define, además del diseño, el concepto de «producto»: todo artículo industrial o artesanal, incluidas las piezas destinadas a su montaje en un producto complejo, el embalaje, la presentación, los símbolos gráficos y los caracteres tipográficos, con exclusión de los programas informáticos. El artículo 2 de la misma ley establece que todo diseño que cumpla los requisitos legales podrá protegerse como diseño registrado mediante su inscripción, válidamente efectuada, en el Registro de Diseños.

Aplicación práctica

Si has creado un diseño industrial —la apariencia concreta de un producto, no su funcionalidad técnica— y quieres protegerlo frente a copias, debes inscribirlo en el Registro de Diseños, según el artículo 2 de la Ley 20/2003; a diferencia de la propiedad intelectual, la protección reforzada como diseño registrado no nace automáticamente con la creación, sino con la inscripción.

Qué no es / diferencias clave

Diseño industrial y propiedad intelectual
El DISEÑO INDUSTRIAL protege la apariencia de un producto y exige inscripción registral para su protección reforzada como diseño registrado (artículo 2 Ley 20/2003). La PROPIEDAD INTELECTUAL protege obras literarias, artísticas o científicas, y nace automáticamente por el solo hecho de la creación, sin registro (artículo 1 TRLPI).
Diseño industrial y modelo de utilidad
El DISEÑO INDUSTRIAL protege la apariencia estética de un producto (líneas, colores, forma). El MODELO DE UTILIDAD protege una configuración, estructura o composición que aporte una ventaja funcional apreciable para el uso o fabricación del producto (artículo 137 Ley de Patentes); uno protege forma, el otro, función.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 1.2.a) de la Ley 20/2003 establece: «Diseño: la apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, que se derive de las características de, en particular, las líneas, contornos, colores, forma, textura o materiales del producto en sí o de su ornamentación».

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Preguntas frecuentes sobre diseño industrial

¿Qué es el diseño industrial?

La apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, derivada de sus líneas, contornos, colores, forma, textura o materiales, según el artículo 1.2.a) de la Ley 20/2003.

¿Hace falta registrar un diseño industrial para protegerlo?

Sí, la protección como diseño registrado exige su inscripción válida en el Registro de Diseños, según el artículo 2 de la Ley 20/2003.

¿Qué se entiende por 'producto' a efectos de diseño industrial?

Todo artículo industrial o artesanal, incluidas piezas de montaje, embalaje, presentación, símbolos gráficos y caracteres tipográficos, excluidos los programas informáticos, según el artículo 1.2.b) de la Ley 20/2003.

¿Es lo mismo diseño industrial que propiedad intelectual?

No, la propiedad intelectual nace automáticamente con la creación de la obra; el diseño industrial requiere inscripción registral para su protección específica como diseño registrado.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Diseño industrial. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/diseno-industrial/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 7-ago-2026.

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