Artículo 261.

Vigente a fecha 2026-08-20

Última reforma: 25 de junio de 2021

Aplicable en España — Ley de Enjuiciamiento Criminal LECrim (BOE-A-1882-6036).Citado en 1 página del portal

Texto vigente

Tampoco estarán obligados a denunciar:

1.º Quien sea cónyuge del delincuente no separado legalmente o de hecho o la persona que conviva con él en análoga relación de afectividad.

2.º Quienes sean ascendientes y descendientes del delincuente y sus parientes colaterales hasta el segundo grado inclusive.

Esta disposición no será aplicable cuando se trate de un delito contra la vida, de un delito de homicidio, de un delito de lesiones de los artículos 149 y 150 del Código Penal, de un delito de maltrato habitual previsto en el artículo 173.2 del Código Penal, de un delito contra la libertad o contra la libertad e indemnidad sexual o de un delito de trata de seres humanos y la víctima del delito sea una persona menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección.

Historial de redacciones

Este artículo ha tenido 3 redacciones desde su publicación y el texto de arriba es el vigente desde el 25 de junio de 2021. Si has leído otra versión —en un blog, en un modelo antiguo o en una sentencia— aquí puedes ver desde cuándo dejó de aplicarse.

  1. 25 de junio de 2021Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio (se abre en una pestaña nueva)Vigente
  2. 28 de octubre de 2015Ley 4/2015, de 27 de abril (se abre en una pestaña nueva)
  3. 1 de junio de 1997Redacción original de la norma

Historial extraído del texto consolidado del BOE (BOE-A-1882-6036); cada fecha es la de entrada en vigor de esa redacción, no la de publicación de la norma que la dio.

Comentario

Preguntas frecuentes

¿Puedo negarme a denunciar a mi cónyuge o a un familiar cercano?

Como regla general sí; el art. 261 dispensa de denunciar a cónyuges no separados, parejas de hecho y parientes hasta segundo grado.

¿Esa dispensa se aplica en un caso de maltrato habitual o de abuso a un menor?

No; el propio artículo excluye la dispensa en delitos de maltrato habitual, homicidio, lesiones graves, libertad o indemnidad sexual y trata, cuando la víctima sea menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección.

Términos del diccionario relacionados

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Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.

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