Artículo 54. Base liquidable.

Vigente a fecha 2026-08-20

Aplicable en España — Ley General Tributaria LGT (BOE-A-2003-23186).Citado en 1 página del portal

Texto vigente

La base liquidable es la magnitud resultante de practicar, en su caso, en la base imponible las reducciones establecidas en la ley.

Comentario

Preguntas frecuentes

¿Es siempre distinta la base liquidable de la base imponible?

No, cuando la ley de un tributo no prevé reducciones aplicables, la base liquidable coincide exactamente con la base imponible.

¿En qué se diferencian las reducciones de la base liquidable de las deducciones de la cuota?

Las reducciones se aplican sobre la base imponible, antes de calcular la cuota mediante el tipo de gravamen; las deducciones (art. 56 LGT) se aplican después, directamente sobre la cuota íntegra o líquida ya calculada.

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