Artículo 1. Sociedades de capital.
Vigente a fecha 2026-08-20
Última reforma: 31 de marzo de 2021
Aplicable en España — Ley de Sociedades de Capital LSC (BOE-A-2010-10544).Citado en 1 página del portal
1. Son sociedades de capital la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad comanditaria por acciones.
2. En la sociedad de responsabilidad limitada, el capital, que estará dividido en participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.
3. En la sociedad anónima, el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.
4. En la sociedad comanditaria por acciones, el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de todos los socios, uno de los cuales, al menos, responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo.
Este artículo ha tenido 2 redacciones desde su publicación y el texto de arriba es el vigente desde el 31 de marzo de 2021. Si has leído otra versión —en un blog, en un modelo antiguo o en una sentencia— aquí puedes ver desde cuándo dejó de aplicarse.
- 31 de marzo de 2021Ley 2/2021, de 29 de marzo (se abre en una pestaña nueva)Vigente
- 1 de septiembre de 2010Redacción original de la norma
Historial extraído del texto consolidado del BOE (BOE-A-2010-10544); cada fecha es la de entrada en vigor de esa redacción, no la de publicación de la norma que la dio.
Qué regula
El art. 1 identifica los tres tipos de sociedad de capital: la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad comanditaria por acciones. En la SRL el capital está dividido en participaciones sociales y en la SA y la comanditaria por acciones en acciones; en los tres casos el capital se integra por las aportaciones de todos los socios. En la SRL y en la SA ningún socio responde personalmente de las deudas sociales. En la comanditaria por acciones, en cambio, al menos uno de los socios ha de responder personalmente de las deudas sociales como socio colectivo.
Cómo se aplica en la práctica
Es la norma que fija el rasgo que hace atractivas a la SRL y a la SA para emprender: el patrimonio personal del socio queda, en principio, al margen de las deudas contraídas por la sociedad. La comanditaria por acciones es residual en la práctica precisamente porque exige que al menos un socio asuma responsabilidad personal ilimitada, algo que la mayoría de fundadores prefiere evitar.
Errores frecuentes
Confundir la responsabilidad limitada del socio, propia de este artículo, con la posición del administrador, cuya responsabilidad por su gestión se rige por reglas distintas y no queda excluida por el art. 1. También es habitual dar por hecho que «sociedad de capital» equivale a sociedad anónima, cuando el precepto agrupa bajo esa categoría tres tipos societarios distintos.
¿Qué diferencia hay entre la sociedad de responsabilidad limitada y la sociedad anónima según este artículo?
En ambas el capital se integra por las aportaciones de los socios y ninguno responde personalmente de las deudas sociales; la diferencia que marca el art. 1 es que en la SRL el capital se divide en participaciones sociales y en la SA en acciones.
¿Responden los socios de una SRL con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad?
No, el art. 1.2 establece expresamente que los socios de la sociedad de responsabilidad limitada no responden personalmente de las deudas sociales.
¿En qué tipo de sociedad de capital sí responde algún socio personalmente?
En la sociedad comanditaria por acciones, donde al menos uno de los socios debe responder personalmente de las deudas sociales como socio colectivo.
Términos del diccionario que lo citan
Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.