Artículo 1. Sociedades de capital.

Vigente a fecha 2026-08-20

Última reforma: 31 de marzo de 2021

Aplicable en España — Ley de Sociedades de Capital LSC (BOE-A-2010-10544).Citado en 1 página del portal

Texto vigente

1. Son sociedades de capital la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad comanditaria por acciones.

2. En la sociedad de responsabilidad limitada, el capital, que estará dividido en participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.

3. En la sociedad anónima, el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.

4. En la sociedad comanditaria por acciones, el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de todos los socios, uno de los cuales, al menos, responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo.

Historial de redacciones

Este artículo ha tenido 2 redacciones desde su publicación y el texto de arriba es el vigente desde el 31 de marzo de 2021. Si has leído otra versión —en un blog, en un modelo antiguo o en una sentencia— aquí puedes ver desde cuándo dejó de aplicarse.

  1. 31 de marzo de 2021Ley 2/2021, de 29 de marzo (se abre en una pestaña nueva)Vigente
  2. 1 de septiembre de 2010Redacción original de la norma

Historial extraído del texto consolidado del BOE (BOE-A-2010-10544); cada fecha es la de entrada en vigor de esa redacción, no la de publicación de la norma que la dio.

Comentario

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre la sociedad de responsabilidad limitada y la sociedad anónima según este artículo?

En ambas el capital se integra por las aportaciones de los socios y ninguno responde personalmente de las deudas sociales; la diferencia que marca el art. 1 es que en la SRL el capital se divide en participaciones sociales y en la SA en acciones.

¿Responden los socios de una SRL con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad?

No, el art. 1.2 establece expresamente que los socios de la sociedad de responsabilidad limitada no responden personalmente de las deudas sociales.

¿En qué tipo de sociedad de capital sí responde algún socio personalmente?

En la sociedad comanditaria por acciones, donde al menos uno de los socios debe responder personalmente de las deudas sociales como socio colectivo.

Términos del diccionario relacionados

Dónde se aplica este artículo en el portal

Términos del diccionario que lo citan

Encuentra un abogado especialista en derecho mercantilDirectorio verificado, contacto directo

Información general con fines divulgativos. El texto vigente se coteja de forma mecánica con el texto consolidado del BOE (se abre en una pestaña nueva); no sustituye al asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?