Limitaciones al derecho de autor

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 24-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Supuestos legalmente tasados en que un acto de explotación de una obra protegida no requiere autorización del autor

Resumen rápido: Las limitaciones al derecho de autor son los supuestos legalmente tasados en que la ley permite realizar determinados actos de explotación sobre una obra protegida por propiedad intelectual sin necesidad de autorización de su autor, como la copia privada, la cita, la reseña o la ilustración con fines educativos, algunos de ellos condicionados al pago de una compensación equitativa a favor del titular de los derechos.

Definición flash: Las limitaciones al derecho de autor permiten usar una obra sin pedir permiso al autor, como la copia privada o la cita, aunque a veces exigen compensarle.

Etiqueta lingüística

De «limitar» (del latín limitare, «poner límites»), referido a las fronteras del monopolio exclusivo del autor.

Definición técnica

El art. 31 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual regula el límite legal de copia privada, disponiendo que no necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, sin asistencia de terceros, de obras ya divulgadas, cuando concurran simultáneamente varias circunstancias: que la realice una persona física exclusivamente para su uso privado, no profesional ni empresarial y sin fines comerciales; que se lleve a cabo a partir de una fuente lícita sin vulnerar las condiciones de acceso a la obra; y que la copia no sea objeto de utilización colectiva, lucrativa ni de distribución mediante precio, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el art. 25 de la propia ley. La normativa contempla además otros límites en preceptos posteriores, como la cita, la reseña, el uso con fines de seguridad pública o procedimientos judiciales, y la ilustración con fines educativos.

Aplicación práctica

Antes de reproducir una obra ajena sin autorización invocando el límite de copia privada, conviene verificar que se cumplen simultáneamente todos los requisitos del art. 31 (uso estrictamente personal, fuente lícita, ausencia de fin comercial o de distribución), pues la falta de cualquiera de ellos convierte la reproducción en una infracción de los derechos de propiedad intelectual del autor.

Qué no es / diferencias clave

Dominio público
Las limitaciones al derecho de autor son excepciones puntuales al monopolio del autor sobre una obra que sigue protegida; el dominio público es la situación de una obra cuyo plazo de protección ha expirado por completo, pudiendo entonces explotarse libremente sin ninguna de las condiciones propias de las limitaciones legales.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El límite de copia privada del art. 31 exige la concurrencia simultánea de todos sus requisitos (uso personal, fuente lícita, ausencia de fin comercial), de modo que basta con incumplir uno solo de ellos para que la reproducción deje de estar amparada por esta limitación y constituya una infracción de derechos de autor.

Preguntas frecuentes sobre limitaciones al derecho de autor

¿Puedo copiar libremente una película para dársela a un amigo sin infringir derechos de autor?

No: el límite de copia privada del art. 31 exige que la reproducción sea exclusivamente para el propio uso privado del copista, no para distribuirla a terceros, por lo que entregar la copia a otra persona excede este límite legal y puede constituir una infracción de propiedad intelectual.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Limitaciones al derecho de autor. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/limitaciones-al-derecho-de-autor/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 24-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 31 TRLPI

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