Asociaciones de consumidores y usuarios

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 20-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Las entidades sin ánimo de lucro constituidas para defender los derechos e intereses de los consumidores

Resumen rápido: Las asociaciones de consumidores y usuarios son entidades sin ánimo de lucro, constituidas conforme a la legislación general de asociaciones y a los requisitos específicos de la normativa de consumo, cuya finalidad es la defensa de los derechos e intereses legítimos de los consumidores, incluyendo su información, formación y educación, con carácter general o en relación con bienes o servicios determinados.

Definición flash: Entidades sin ánimo de lucro para defender los derechos de los consumidores, con capacidad para representarlos y demandar (art. 23 TRLGDCU).

Etiqueta lingüística

El adjetivo «legítimos» que acompaña a «intereses» en la definición legal no es retórico: distingue los intereses jurídicamente protegidos del consumidor de meras conveniencias o preferencias comerciales, delimitando así el ámbito de actuación propio de estas asociaciones.

Definición técnica

El artículo 23.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios define a estas asociaciones como entidades constituidas conforme a la legislación general de asociaciones, que además cumplen los requisitos específicos de la norma de consumo y tienen como finalidad la defensa de los derechos e intereses legítimos de los consumidores. El artículo 37 reconoce a las que están legalmente constituidas e inscritas en el Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios derechos como poder ser declaradas de utilidad pública, percibir ayudas y subvenciones públicas, y representar a sus asociados ejerciendo las acciones correspondientes en su defensa, en la de la propia asociación o en la de los intereses generales de los consumidores.

Aplicación práctica

En la práctica, estas asociaciones son actores clave en el litigio colectivo de consumo: pueden ejercitar acciones de cesación frente a prácticas comerciales o cláusulas abusivas, personarse en procedimientos judiciales en defensa de intereses generales o colectivos de los consumidores, y actuar como interlocutoras institucionales frente a empresas y Administraciones. Su inscripción en el Registro Estatal es el presupuesto para acceder a determinados derechos reforzados, como las ayudas públicas o la declaración de utilidad pública.

Qué no es / diferencias clave

Sistema Arbitral de Consumo
El Sistema Arbitral de Consumo es el mecanismo extrajudicial para resolver reclamaciones individuales entre un consumidor concreto y un empresario; las asociaciones de consumidores son entidades que pueden representar a colectivos de consumidores y ejercer acciones judiciales o extrajudiciales en su defensa.
Organismo público de consumo
Las oficinas y organismos públicos de consumo son estructuras administrativas que tramitan reclamaciones y ejercen funciones de inspección y sanción; las asociaciones de consumidores son entidades privadas sin ánimo de lucro que representan a los consumidores, no órganos de la Administración.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 23.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios define a las asociaciones de consumidores y usuarios como aquellas que, cumpliendo los requisitos legales, «tengan como finalidad la defensa de los derechos e intereses legítimos de los consumidores, incluyendo su información, formación y educación».

Encuentra un abogado

Preguntas frecuentes sobre asociaciones de consumidores y usuarios

¿Qué son las asociaciones de consumidores y usuarios?

Entidades sin ánimo de lucro constituidas para defender los derechos e intereses legítimos de los consumidores, cumpliendo los requisitos de la legislación general de asociaciones y de la normativa específica de consumo, conforme al artículo 23 del TRLGDCU.

¿Qué pueden hacer las asociaciones de consumidores inscritas en el Registro Estatal?

Entre otros derechos, ser declaradas de utilidad pública, percibir ayudas y subvenciones públicas, y representar a sus asociados ejerciendo las acciones correspondientes en su defensa, según el artículo 37 del TRLGDCU.

¿Pueden estas asociaciones demandar en nombre de los consumidores?

Sí, pueden ejercer acciones judiciales en defensa de sus asociados, de la propia asociación o de los intereses generales, colectivos o difusos de los consumidores, conforme al artículo 37.1.c) del TRLGDCU.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Asociaciones de consumidores y usuarios. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/asociaciones-de-consumidores/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 20-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 33 LCD

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de Consumidores y Usuarios

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?