Certificación de deudas de la comunidad

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

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El certificado de estar al corriente de pago que hay que pedir antes de comprar un piso, y sin el cual no puede otorgarse la escritura

Resumen rápido: La certificación de deudas de la comunidad es el documento que acredita el estado de deudas de un piso o local con la comunidad de propietarios, que el transmitente debe aportar al otorgar la escritura de venta y sin el cual no puede, en principio, autorizarse el documento público, conforme al artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal.

Definición flash: La certificación de deudas de la comunidad acredita si un piso está al corriente de pago; sin ella no puede otorgarse la escritura de venta (art. 9 LPH).

Etiqueta lingüística

En la práctica se conoce simplemente como "certificado de la comunidad" o "certificado de estar al corriente de pago". La ley no le da un nombre propio: exige que el transmitente "aporte... certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración".

Definición técnica

El artículo 9.1.e) de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal obliga al transmitente de una vivienda o local a declarar, en el instrumento público de transmisión, que se halla al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad, o a expresar los que adeude, y a aportar "certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración, sin la cual no podrá autorizarse el otorgamiento del documento público, salvo que fuese expresamente exonerado de esta obligación por el adquirente". La certificación "será emitida en el plazo máximo de siete días naturales desde su solicitud por quien ejerza las funciones de secretario, con el visto bueno del presidente, quienes responderán, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados en la misma y de los perjuicios causados por el retraso en su emisión".

Aplicación práctica

El comprador puede renunciar expresamente a exigir esta certificación y asumir así el riesgo de la afección real por las deudas del vendedor -algo infrecuente y desaconsejable salvo que exista plena confianza o se compense de otro modo en el precio-. Si el secretario o el presidente incumplen el plazo de siete días o certifican datos incorrectos por culpa o negligencia, responden personalmente de los perjuicios causados, lo que da al comprador una vía de reclamación adicional si la operación se retrasa o si aparecen deudas ocultas no reflejadas en el certificado.

Qué no es / diferencias clave

Certificación registral
La certificación registral, regulada en la legislación hipotecaria, acredita la libertad o las cargas de un inmueble según el Registro de la Propiedad; la certificación de deudas de la comunidad acredita únicamente el estado de pago frente a la comunidad de propietarios, y la emite el secretario de la comunidad, no el Registrador.
Afección real
La afección real es la garantía legal que subsiste sobre el piso exista o no certificación; el certificado es el documento que permite CONOCER el alcance de esa afección antes de comprar, para neutralizarla exigiendo su pago o su descuento en el precio.
Recibo o justificante de pago individual
Un recibo acredita un pago concreto ya realizado; la certificación de deudas es un documento oficial y comprensivo, emitido por el secretario con el visto bueno del presidente, que resume el estado global de la cuenta del piso con la comunidad.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal fija un plazo máximo de siete días naturales para emitir el certificado desde que se solicita, y hace responder personalmente por culpa o negligencia a quien lo firma -secretario y presidente- tanto de la exactitud de los datos como de los perjuicios causados por el retraso, un doble control pensado para que el certificado sea fiable y rápido.

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Preguntas frecuentes sobre certificación de deudas de la comunidad

¿Es obligatorio el certificado de deudas para vender un piso?

En principio sí: sin él no puede autorizarse el otorgamiento de la escritura de transmisión, salvo que el comprador exonere expresamente de esa obligación, según el artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Quién emite el certificado de deudas de la comunidad y en qué plazo?

Quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente, en un plazo máximo de siete días naturales desde que se solicita.

¿Qué pasa si el certificado de deudas tiene datos incorrectos?

El secretario y el presidente responden, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados y de los perjuicios causados por el retraso en su emisión, según el artículo 9.1.e) LPH.

¿Puedo comprar un piso sin pedir el certificado de deudas de la comunidad?

Sí, si exoneras expresamente de esa obligación al vendedor, pero entonces asumes el riesgo de la afección real por las deudas pendientes dentro del límite legal -la anualidad en curso y los tres años naturales anteriores.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Artículo comentado relacionado: Art. 9 LPH

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