Corso

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 18-ago-2026 contra el BOE

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La autorización estatal para capturar buques enemigos por cuenta propia, hoy abandonada por la práctica totalidad de los Estados

Resumen rápido: El corso era la práctica bélica marítima, hoy abandonada, por la que un Estado en guerra concedía a un particular propietario de un buque armado una «patente de corso»: la autorización para capturar y apresar buques mercantes del enemigo por cuenta propia, a cambio de una parte del botín obtenido.

Definición flash: Autorización estatal (patente de corso) para capturar buques mercantes enemigos por cuenta propia, hoy universalmente en desuso.

Etiqueta lingüística

Del italiano corso (carrera, curso), aplicado desde la Baja Edad Media a la actividad de «correr» los mares en busca de presas enemigas bajo autorización estatal.

Definición técnica

El corso se distinguía jurídicamente de la piratería en un punto esencial: el corsario actuaba amparado por una autorización estatal formal -la patente de corso-, sujeto a reglas sobre el reparto del botín con la Corona y sobre el trato debido a los buques neutrales y a los prisioneros; el pirata, en cambio, actuaba por cuenta propia y al margen de toda autorización, por lo que era tratado por el Derecho de gentes como enemigo de toda la comunidad internacional. Esta distinción explica por qué el corso, pese a su semejanza práctica con la piratería, tuvo durante siglos un estatuto jurídico propio y reconocido en el Derecho internacional bélico.

Aplicación práctica

El corso desapareció de la práctica de los Estados a lo largo del siglo XIX: la Declaración de París de 1856, adoptada al término de la guerra de Crimea, proclamó su abolición «para siempre» entre las potencias que se adhirieron a ella, en el marco de un movimiento internacional más amplio de limitación de los medios de combate marítimo. Hoy el corso no tiene ningún reflejo en el Derecho internacional vigente ni en la práctica de ningún Estado.

Qué no es / diferencias clave

Piratería
El corsario actuaba con autorización estatal formal (la patente de corso) y sujeto a reglas sobre reparto del botín y trato a los prisioneros; el pirata actúa por cuenta propia, sin autorización de ningún Estado, y es tratado como enemigo de toda la comunidad internacional.
Botín de guerra
El botín es el objeto capturado al enemigo en un conflicto armado, con su propio régimen jurídico; el corso era el mecanismo concreto -la autorización a un particular- por el que se organizaba la captura de buques mercantes enemigos en el mar.

Términos relacionados

Qué lo distinguía de la piratería

La diferencia no estaba en la conducta sino en el título: el corsario actuaba amparado por una autorización estatal formal, con reglas sobre el reparto del botín y sobre el trato debido a los buques neutrales y a los prisioneros.

Sin esa autorización, la misma captura era piratería. Es la distinción que explica por qué una práctica hoy impensable llegó a estar regulada.

Por qué aparece todavía en textos jurídicos

Quedó abolido entre las potencias que se adhirieron a la declaración internacional que lo suprimió, y desde entonces es historia del derecho marítimo, no derecho vigente.

Se sigue citando porque ayuda a entender cómo se construyó la distinción entre violencia autorizada por un Estado y violencia privada en el mar, que es el fondo del que nace la regulación actual de la piratería.

Dato de autoridad

La Declaración de París de 1856, adoptada tras la guerra de Crimea por las principales potencias marítimas de la época, proclamó la abolición del corso, marcando el final histórico de una práctica bélica marítima que había estado extendida durante siglos.

Preguntas frecuentes sobre corso

¿Qué era la patente de corso?

La autorización que un Estado en guerra concedía a un particular propietario de un buque armado para capturar buques mercantes enemigos por cuenta propia, a cambio de una parte del botín obtenido.

¿Qué diferencia había entre un corsario y un pirata?

El corsario actuaba con autorización estatal formal y sujeto a reglas sobre reparto del botín y trato a los prisioneros; el pirata actuaba sin autorización de ningún Estado y era considerado enemigo de toda la comunidad internacional.

¿Sigue existiendo el corso hoy?

No. Se considera abandonado por la práctica totalidad de los Estados desde el siglo XIX, en particular a raíz de la Declaración de París de 1856, y no tiene ningún reflejo en el Derecho internacional vigente.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Corso. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/corso/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 18-ago-2026.

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

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