Crimen de lesa humanidad: mantener por la fuerza un régimen de dominación de un grupo racial sobre otro
Resumen rápido: El crimen de apartheid es un crimen de lesa humanidad que consiste en cometer actos inhumanos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales, con la intención de mantener ese régimen, conforme al artículo 7 del Estatuto de Roma y al artículo 607 bis del Código Penal español.
Definición flash: Crimen de lesa humanidad: actos inhumanos para mantener un régimen de dominación sistemática de un grupo racial sobre otro (art. 607 bis CP).
Etiqueta lingüística
El término, tomado del afrikáans apartheid («separación»), se incorporó al Derecho penal internacional como categoría autónoma dentro de los crímenes de lesa humanidad tras la experiencia sudafricana, y hoy designa cualquier régimen con esas características, no solo el histórico.
Definición técnica
El artículo 7.2.h) del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, ratificado por España, define el crimen de apartheid como los actos inhumanos de carácter similar a los demás crímenes de lesa humanidad «cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen». España transpuso esta figura al artículo 607 bis.1.2º del Código Penal, que castiga como delito de lesa humanidad la comisión de los actos del apartado siguiente «en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen», con penas que van, según el acto concreto cometido -homicidio, agresión sexual, lesiones, deportación, desaparición forzada, detención ilegal, tortura, esclavitud, entre otros-, hasta la prisión permanente revisable.
Aplicación práctica
En la práctica española, la persecución de este crimen exige acreditar tanto el acto inhumano concreto como el contexto sistemático de dominación racial en que se enmarca; al ser un crimen de lesa humanidad, España puede en determinados supuestos ejercer jurisdicción conforme a los tratados internacionales de los que es parte y a la Ley Orgánica del Poder Judicial, además de cooperar con la Corte Penal Internacional conforme a la Ley Orgánica de Cooperación con dicho tribunal.
Contexto legal en España
El crimen de apartheid se regula en el artículo 7.2.h) del Estatuto de Roma, incorporado al ordenamiento español tras su ratificación, y se tipifica internamente en el artículo 607 bis del Código Penal, dentro de los delitos de lesa humanidad.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Delito de discriminación
- Un delito de discriminación aislado (art. 510 CP) no exige el contexto de un régimen institucionalizado de dominación racial; el crimen de apartheid solo existe cuando los actos inhumanos se cometen dentro de ese sistema organizado y con intención de mantenerlo.
- Genocidio
- El genocidio (art. 607 CP) busca la destrucción total o parcial de un grupo; el apartheid busca mantener su dominación y opresión sistemáticas, no necesariamente su destrucción física.
Términos relacionados
No es un delito de discriminación agravado
Lo que lo define no es la gravedad de un hecho aislado sino el contexto en el que se inscribe: un régimen institucionalizado de dominación de un grupo racial sobre otro, mantenido de forma sistemática.
Sin ese contexto los hechos podrán ser constitutivos de otros delitos, pero no de este. Es la primera comprobación que se hace y la que decide la calificación.
Por qué rara vez llega a un juzgado español
La dificultad no está en describir la conducta sino en acreditar el marco: hay que probar el carácter institucionalizado y sistemático, y además sortear las reglas que determinan cuándo un tribunal español puede conocer de hechos ocurridos fuera.
Conviene tenerlo claro antes de plantear ninguna acción, porque el trabajo real está en esas dos cuestiones previas y no en el relato de los hechos.
Dato de autoridad
El artículo 607 bis del Código Penal castiga el crimen de apartheid con las mismas penas que el resto de crímenes de lesa humanidad según el acto concreto cometido -hasta prisión permanente revisable si causara la muerte de alguna persona-, equiparando su gravedad a la del genocidio y los crímenes de guerra dentro del sistema penal español.
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Preguntas frecuentes sobre crimen de apartheid
¿El crimen de apartheid solo se aplica al caso histórico de Sudáfrica?
No. Tanto el Estatuto de Roma como el Código Penal español lo definen como una categoría general aplicable a cualquier régimen que cumpla sus elementos -opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre otro-, con independencia del país o la época.
¿Qué pena tiene el crimen de apartheid en España?
Depende del acto inhumano concreto cometido dentro de ese contexto -homicidio, lesiones, detención ilegal, tortura, entre otros-, conforme a la escala de penas del artículo 607 bis del Código Penal, que puede llegar a la prisión permanente revisable.
¿Es lo mismo que un delito de odio o de discriminación?
No. Un delito de discriminación puntual no requiere el contexto sistemático de un régimen de dominación racial que sí exige el crimen de apartheid, mucho más grave y excepcional.
Autoría y revisión editorial
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