Inventor

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 2-sep-2026 contra el BOE

Actualizado el

A quien pertenece el derecho a la patente y por que el inventor conserva el derecho a ser mencionado aunque no sea su titular

Resumen rápido: El inventor es la persona que realiza la invención y a quien pertenece originariamente el derecho a la patente, transmisible por todos los medios que el derecho reconoce, conservando en todo caso el derecho a ser mencionado como tal.

Definición flash: El derecho a la patente pertenece al inventor o a sus causahabientes; aunque la titularidad pase a otro, conserva el derecho a ser mencionado como inventor.

Etiqueta lingüística

Inventor y titular no son sinonimos. El inventor es siempre una persona física y esa condición no se transmite; la titularidad de la patente si se transmite y puede acabar en una empresa.

Definición técnica

El artículo 10 de la Ley 24/2015, de Patentes atribuye el derecho a la patente al inventor o a sus causahabientes y lo declara transmisible por todos los medios que el derecho reconoce. Si la invención fue realizada conjuntamente por varias personas, el derecho a obtener la patente pertenece en común a todas ellas. Y si varias personas la realizaron de forma independiente, el derecho corresponde a aquella cuya solicitud tenga fecha anterior de presentación en España, siempre que esa solicitud se publique conforme a la ley. En el procedimiento ante la Oficina Española de Patentes y Marcas se presume que el solicitante esta legitimado para ejercer el derecho a la patente.

El artículo 14 añade un derecho que no depende de la titularidad: el inventor tiene, frente al titular de la solicitud o de la patente, el derecho a ser mencionado como tal inventor en la patente.

Aplicación práctica

De las tres reglas del artículo 10, la que más litigio genera es la tercera: entre invenciones independientes gana quien presentó antes la solicitud en España, no quien invento antes. Y la presunción de legitimación del solicitante ante la Oficina es solo procedimental: no prejuzga a quien pertenece realmente el derecho, que puede discutirse ante los tribunales.

Qué no es / diferencias clave

Cotitularidad de la patente
La cotitularidad es el resultado de una de las reglas del artículo 10: cuando varias personas inventan conjuntamente, el derecho les pertenece en común. Inventor designa la condición personal de quien realiza la invención.
Invención laboral
La invención laboral resuelve a quien pertenece la invención hecha por un trabajador. La condición de inventor no cambia por ello: sigue siendo de la persona que invento, con su derecho a ser mencionada.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El derecho a ser mencionado como inventor se ejerce frente al titular de la solicitud o de la patente, aunque este sea otra persona (art. 14 de la Ley de Patentes).

Preguntas frecuentes sobre inventor

A quien pertenece el derecho a la patente?

Al inventor o a sus causahabientes, y es transmisible por todos los medios que el derecho reconoce.

Que ocurre si dos personas inventan lo mismo por separado?

El derecho pertenece a aquella cuya solicitud tenga una fecha anterior de presentación en España, siempre que esa solicitud llegue a publicarse conforme a la ley.

Si vendo mi patente, dejo de ser el inventor?

No. La titularidad se transmite, pero el inventor conserva frente al titular el derecho a ser mencionado como tal en la patente.

Quien se presume legitimado ante la Oficina de Patentes?

El solicitante, pero solo a efectos del procedimiento: esa presunción no decide a quien pertenece realmente el derecho a la patente.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Inventor. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/inventor/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-04, 2-sep-2026.

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