Actividad orientada a la conquista, ejercicio y conservación del poder público, y disciplina que la estudia
Resumen rápido: La política es, en un primer sentido, la actividad humana orientada a la conquista, el ejercicio y la conservación del poder público, dirigida a la toma de decisiones colectivas vinculantes para una comunidad; y en un segundo sentido, la disciplina científica que estudia esa actividad, sus instituciones y sus procesos, relacionada con el derecho en tanto este canaliza, limita y da forma jurídica a las decisiones adoptadas por el poder político.
Definición flash: La política es la actividad de conquistar, ejercer y conservar el poder público, y la disciplina que estudia ese poder y sus instituciones.
Etiqueta lingüística
Del griego politiké («relativo a la ciudad, polis»).
Definición técnica
El derecho y la política mantienen una relación estructural en el Estado constitucional: mientras la política es la actividad de formación y ejercicio del poder, el derecho constitucional canaliza esa actividad a través de instituciones y procedimientos jurídicamente regulados. El art. 6 CE reconoce a los partidos políticos como expresión del pluralismo político, atribuyéndoles la función de concurrir a la formación y manifestación de la voluntad popular, y exigiendo que su estructura interna y funcionamiento sean democráticos, mientras que el art. 23 CE reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Aplicación práctica
La distinción entre decisiones políticas (de oportunidad, sujetas a control jurisdiccional limitado en cuanto a su contenido) y decisiones jurídicas (sujetas a control pleno de legalidad y constitucionalidad) es relevante para delimitar el alcance de la revisión judicial de actos con componente político, como ciertos actos de dirección de la política exterior o de defensa.
Contexto legal en España
Constitución Española, art. 6 (partidos políticos) y art. 23 (derecho de participación política).
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Derecho
- La política es la actividad orientada a conquistar y ejercer el poder, guiada por criterios de oportunidad y voluntad mayoritaria; el derecho es el sistema de normas jurídicas que canaliza, limita y da forma vinculante a las decisiones políticas, sujeto a criterios de legalidad y validez formal, no de mera oportunidad.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El art. 6 CE exige expresamente que la estructura interna y el funcionamiento de los partidos políticos sean democráticos, sometiendo así la propia organización de los actores políticos a un requisito jurídico constitucional, no solo a su libre autoorganización.
Preguntas frecuentes sobre política
¿Puede un tribunal revisar el contenido de una decisión puramente política, como una alianza de gobierno?
Con carácter general no en cuanto a su oportunidad: los tribunales controlan la legalidad y constitucionalidad del ejercicio del poder político (el procedimiento seguido, el respeto a los derechos fundamentales, la competencia del órgano), pero no sustituyen el juicio de oportunidad política que corresponde a los órganos democráticamente legitimados para adoptarlo.
Autoría y revisión editorial
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