Preembrión

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 24-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El embrión constituido in vitro por el grupo de células resultante de la división del óvulo fecundado hasta 14 días después

Resumen rápido: El preembrión es, conforme a la Ley de Investigación Biomédica, el embrión constituido in vitro formado por el grupo de células resultante de la división progresiva del ovocito desde que es fecundado hasta 14 días más tarde, categoría relevante en el régimen legal de la investigación con embriones y de las técnicas de reproducción humana asistida.

Definición flash: Preembrión es el embrión constituido in vitro desde la fecundación del óvulo hasta 14 días después, según el artículo 3.s) de la Ley 14/2007.

Etiqueta lingüística

El prefijo «pre-» indica una fase previa a la consideración jurídica y biológica de «embrión» en sentido pleno, delimitando un periodo temporal concreto -los primeros 14 días desde la fecundación in vitro- con régimen legal propio, distinto del aplicable al embrión implantado en el útero materno.

Definición técnica

El artículo 3.s) de la Ley 14/2007, de Investigación Biomédica, define el preembrión como «el embrión constituido in vitro formado por el grupo de células resultante de la división progresiva del ovocito desde que es fecundado hasta 14 días más tarde». Esta definición legal delimita el ámbito temporal dentro del cual determinadas investigaciones y usos de este material -condicionados a los requisitos y autorizaciones que fija la propia ley- resultan legalmente posibles, distinguiendo esta fase de la del embrión ya transferido al útero de una mujer.

Aplicación práctica

En la práctica, la categoría de preembrión es central en el régimen legal de la investigación biomédica con material embrionario y en las técnicas de reproducción humana asistida: el límite temporal de los 14 días desde la fecundación marca la frontera legal dentro de la cual se permiten determinados usos investigadores del material embrionario sobrante de tratamientos de fertilidad, siempre con las autorizaciones y consentimientos que la ley exige.

Qué no es / diferencias clave

Embrión
El artículo 3.l) de la misma ley define el embrión como la fase del desarrollo embrionario desde que el ovocito fecundado se encuentra en el útero de una mujer; el preembrión es la fase previa, in vitro, delimitada a los 14 primeros días desde la fecundación.
Feto
El feto es una fase de desarrollo posterior y distinta, ya en el seno materno; el preembrión se refiere específicamente a la fase in vitro, previa a cualquier transferencia al útero.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 3.s) de la Ley de Investigación Biomédica define el preembrión como «el embrión constituido in vitro formado por el grupo de células resultante de la división progresiva del ovocito desde que es fecundado hasta 14 días más tarde».

Preguntas frecuentes sobre preembrión

¿Qué es un preembrión según la ley española?

El embrión constituido in vitro formado por el grupo de células resultante de la división del ovocito desde su fecundación hasta 14 días después, conforme al artículo 3.s) de la Ley de Investigación Biomédica.

¿Cuál es el límite temporal del preembrión?

14 días desde la fecundación in vitro del ovocito, según la definición legal del artículo 3.s) de la Ley de Investigación Biomédica.

¿En qué se diferencia el preembrión del embrión?

El preembrión es la fase in vitro, previa a la transferencia al útero; el embrión, según el artículo 3.l) de la misma ley, es la fase posterior, cuando el ovocito fecundado ya se encuentra en el útero materno.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Preembrión. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/preembrion/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 24-ago-2026.

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

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