Principio de territorialidad

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 31-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Regla que somete a la jurisdicción penal española los delitos cometidos en territorio español, con independencia de la nacionalidad de su autor

Resumen rápido: El principio de territorialidad es la regla general que atribuye a la jurisdicción penal española el conocimiento de los delitos y faltas cometidos en territorio español, o a bordo de buques o aeronaves españoles, con independencia de la nacionalidad de la persona que los haya cometido, constituyendo el criterio prioritario de atribución de la jurisdicción penal, complementado de forma excepcional por otros criterios como la personalidad activa o pasiva y la justicia universal.

Definición flash: El principio de territorialidad hace que España juzgue los delitos cometidos en su territorio, sea cual sea la nacionalidad de quien los cometió.

Etiqueta lingüística

De «territorio» (del latín territorium, «tierra, región»).

Definición técnica

El art. 23.1 LOPJ dispone que corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo previsto en los tratados internacionales en los que España sea parte. Este principio de territorialidad se erige como criterio prioritario de la jurisdicción penal española, complementado por los apartados siguientes del propio art. 23 LOPJ, que extienden excepcionalmente la jurisdicción española a determinados delitos cometidos fuera del territorio nacional cuando concurren criterios de personalidad activa (nacionalidad española del autor), personalidad pasiva (nacionalidad española de la víctima en determinados delitos graves) o justicia universal (delitos que afectan a bienes jurídicos de interés de toda la comunidad internacional, como la piratería o el genocidio).

Aplicación práctica

Determinar la jurisdicción aplicable a un delito con elementos de extranjería (autor, víctima o lugar de comisión fuera de España) exige analizar en primer lugar si concurre el criterio territorial y, en su defecto, si resulta aplicable alguno de los criterios extraterritoriales excepcionales del art. 23 LOPJ, cada uno con requisitos y limitaciones específicas.

Qué no es / diferencias clave

Jurisdicción universal
El principio de territorialidad atribuye la jurisdicción española por el lugar de comisión del delito (España); la jurisdicción universal, un criterio excepcional distinto, permite perseguir en España determinados delitos de especial gravedad internacional (piratería, genocidio) con independencia del lugar de comisión o de la nacionalidad de autores y víctimas.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El art. 23.1 LOPJ extiende expresamente la territorialidad a los delitos cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, aplicando así una ficción de territorio español extendido más allá de las fronteras físicas del país.

Encuentra un abogado

Preguntas frecuentes sobre principio de territorialidad

¿Puede España juzgar a un extranjero por un delito cometido en territorio español?

Sí: el principio de territorialidad del art. 23.1 LOPJ atribuye la jurisdicción española a los delitos cometidos en territorio español con independencia de la nacionalidad de su autor, siendo este el criterio general y prioritario de atribución de la jurisdicción penal.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Principio de territorialidad. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/principio-de-territorialidad/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 31-ago-2026.

Artículos comentados relacionados: Art. 23 LOPJ · Art. 4 LOPJ

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de Derecho Penal

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?