Regla que somete a la jurisdicción penal española los delitos cometidos en territorio español, con independencia de la nacionalidad de su autor
Resumen rápido: El principio de territorialidad es la regla general que atribuye a la jurisdicción penal española el conocimiento de los delitos y faltas cometidos en territorio español, o a bordo de buques o aeronaves españoles, con independencia de la nacionalidad de la persona que los haya cometido, constituyendo el criterio prioritario de atribución de la jurisdicción penal, complementado de forma excepcional por otros criterios como la personalidad activa o pasiva y la justicia universal.
Definición flash: El principio de territorialidad hace que España juzgue los delitos cometidos en su territorio, sea cual sea la nacionalidad de quien los cometió.
Etiqueta lingüística
De «territorio» (del latín territorium, «tierra, región»).
Definición técnica
El art. 23.1 LOPJ dispone que corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo previsto en los tratados internacionales en los que España sea parte. Este principio de territorialidad se erige como criterio prioritario de la jurisdicción penal española, complementado por los apartados siguientes del propio art. 23 LOPJ, que extienden excepcionalmente la jurisdicción española a determinados delitos cometidos fuera del territorio nacional cuando concurren criterios de personalidad activa (nacionalidad española del autor), personalidad pasiva (nacionalidad española de la víctima en determinados delitos graves) o justicia universal (delitos que afectan a bienes jurídicos de interés de toda la comunidad internacional, como la piratería o el genocidio).
Aplicación práctica
Determinar la jurisdicción aplicable a un delito con elementos de extranjería (autor, víctima o lugar de comisión fuera de España) exige analizar en primer lugar si concurre el criterio territorial y, en su defecto, si resulta aplicable alguno de los criterios extraterritoriales excepcionales del art. 23 LOPJ, cada uno con requisitos y limitaciones específicas.
Contexto legal en España
Ley Orgánica del Poder Judicial, art. 23.1 (principio de territorialidad de la jurisdicción penal).
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Jurisdicción universal
- El principio de territorialidad atribuye la jurisdicción española por el lugar de comisión del delito (España); la jurisdicción universal, un criterio excepcional distinto, permite perseguir en España determinados delitos de especial gravedad internacional (piratería, genocidio) con independencia del lugar de comisión o de la nacionalidad de autores y víctimas.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El art. 23.1 LOPJ extiende expresamente la territorialidad a los delitos cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, aplicando así una ficción de territorio español extendido más allá de las fronteras físicas del país.
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Preguntas frecuentes sobre principio de territorialidad
¿Puede España juzgar a un extranjero por un delito cometido en territorio español?
Sí: el principio de territorialidad del art. 23.1 LOPJ atribuye la jurisdicción española a los delitos cometidos en territorio español con independencia de la nacionalidad de su autor, siendo este el criterio general y prioritario de atribución de la jurisdicción penal.
Autoría y revisión editorial
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