Pacto por el que el vendedor se reserva recuperar la cosa vendida
Resumen rápido: La retroventa, también llamada pacto de retro o retracto convencional, es el pacto incluido en un contrato de compraventa por el que el vendedor se reserva el derecho de recuperar la cosa vendida, devolviendo el precio de la venta y reembolsando los gastos que correspondan.
Definición flash: Pacto de la compraventa por el que el vendedor se reserva recuperar la cosa reembolsando al comprador el precio y los gastos (arts. 1507 y 1518 CC).
Etiqueta lingüística
Del latín retro- («hacia atrás») y vendita («venta»), «volver a vender hacia atrás», es decir, deshacer la venta original.
Definición técnica
El art. 1507 CC regula el retracto convencional: tendrá lugar cuando el vendedor se reserve el derecho de recuperar la cosa vendida, con obligación de cumplir lo dispuesto en el art. 1518 CC (reembolso del precio, gastos del contrato y otros pagos legítimos, y gastos necesarios y útiles hechos en la cosa) y lo demás pactado. A falta de pacto expreso, el derecho dura cuatro años desde la fecha del contrato y, si se pacta plazo, no puede exceder de diez (art. 1508 CC). Si el vendedor no reembolsa en plazo, el comprador adquiere irrevocablemente el dominio (art. 1509 CC); y la acción alcanza a todo poseedor que traiga su derecho del comprador, salvo lo dispuesto en la Ley Hipotecaria respecto de terceros (art. 1510 CC).
Aplicación práctica
Es una figura frecuentemente utilizada en la práctica como alternativa (a veces encubierta) a un préstamo con garantía, por lo que los tribunales examinan con cautela los pactos de retro que puedan enmascarar un pacto comisorio prohibido por el art. 1859 CC.
Contexto legal en España
Código Civil, arts. 1507 a 1520 (retracto convencional).
Normas clave a tener en cuenta
- Código Civil, artículo 1507 (retracto convencional)
- Código Civil, artículo 1508 (plazo supletorio de cuatro años, tope de diez)
- Código Civil, artículo 1518 (reembolso al comprador)
- Código Civil, artículo 1859 (prohibición del pacto comisorio)
- Código Civil, artículo 1509 (adquisición irrevocable si no se reembolsa)
- Código Civil, artículo 1510 (acción contra el poseedor que trae causa del comprador)
- Código Civil, artículo 1520 (recuperación libre de cargas; arriendos de buena fe)
Qué no es / diferencias clave
- Retracto legal
- La retroventa nace de un pacto expreso entre las partes de la propia compraventa; el retracto legal nace directamente de la ley a favor de terceros ajenos al contrato original.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El art. 1508 CC fija en cuatro años el plazo supletorio para ejercitar el derecho de retroventa a falta de pacto expreso, con un tope máximo absoluto de diez años cuando sí se pacta plazo.
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Preguntas frecuentes sobre retroventa
¿Puede pactarse un plazo indefinido para la retroventa?
No: si no se pacta plazo, el derecho dura cuatro años desde la fecha del contrato, y el plazo pactado no puede exceder de diez años (art. 1508 CC).
¿Qué debe devolver el vendedor que ejercita la retroventa?
El precio de la venta, los gastos del contrato y cualquier otro pago legítimo hecho para la venta, y los gastos necesarios y útiles hechos en la cosa vendida, además de lo que se hubiera pactado expresamente (art. 1518 CC).
¿Por qué examinan los tribunales estos pactos con cautela?
Porque es una figura utilizada con frecuencia como alternativa, a veces encubierta, a un préstamo con garantía. De ahí que se examinen con cautela los pactos de retro que puedan enmascarar un pacto comisorio prohibido.
Autoría y revisión editorial
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