Siglas jurídicas: qué significan y a qué norma remiten
Una sigla mal desarrollada hace perder tiempo, y a veces peor. Confundir la LEC con la LECrim, o el TC con el TS, cambia qué artículo hay que leer. Esta página reúne las siglas que más aparecen en nuestro propio corpus —no un listado genérico—, con su desarrollo completo y, cuando es una norma, el enlace al texto oficial en el BOE.
Normas
- CC
- Código Civil.
- LECrim
- Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- LH
- Ley Hipotecaria.
- CCom
- Código de Comercio.
Órganos judiciales e instituciones
- TC
- Tribunal Constitucional. No forma parte del Poder Judicial: controla que las leyes y las resoluciones respeten la Constitución.
- TS
- Tribunal Supremo. El órgano superior en todos los órdenes salvo lo constitucional; fija doctrina mediante la casación.
- AN
- Audiencia Nacional. Competencia en toda España para delitos concretos —terrorismo, delitos económicos de alcance nacional— y ciertos recursos administrativos.
- AP
- Audiencia Provincial. Resuelve las apelaciones civiles y penales de una provincia.
- TSJ
- Tribunal Superior de Justicia. El órgano superior dentro de cada comunidad autónoma.
- TJUE
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Interpreta el Derecho de la UE con carácter vinculante para todos los tribunales de los Estados miembros.
- TEDH
- Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Con sede en Estrasburgo; resuelve sobre el Convenio Europeo de Derechos Humanos, al margen de la UE.
- CGPJ
- Consejo General del Poder Judicial. El órgano de gobierno de los jueces; no juzga, nombra y disciplina.
- MF
- Ministerio Fiscal. Defiende la legalidad y el interés público en todo proceso; no depende del Poder Judicial.
- DGSJFP
- Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Antes «Dirección General de los Registros y del Notariado» (DGRN); resuelve recursos contra la calificación de registradores y notarios.
Términos de trámite
- BOE
- Boletín Oficial del Estado. Donde se publican las normas estatales; una norma no publicada no ha entrado en vigor.
- LAJ
- Letrado de la Administración de Justicia. Antes «Secretario judicial»; impulsa el procedimiento y da fe pública.
- DA
- Disposición adicional. Parte de una ley que regula algo distinto del cuerpo principal, sin modificarlo directamente.
- DT
- Disposición transitoria. Regula cómo se aplica una ley nueva a los casos que ya estaban en curso cuando entró en vigor.
- RDL
- Real Decreto-ley. Norma con rango de ley que aprueba el Gobierno por urgente necesidad, sin pasar primero por las Cortes.
- LO
- Ley Orgánica. Exige mayoría absoluta del Congreso; regula las materias más sensibles —derechos fundamentales, Poder Judicial—.
- CCAA
- Comunidades Autónomas.
Una advertencia sobre las siglas de los órganos
Desde la reforma de la planta judicial en vigor en 2025, muchos juzgados unipersonales —de Primera Instancia, de Instrucción, de lo Social— se integraron como secciones dentro de un Tribunal de Instancia por partido judicial. Las siglas TS, TC, AN, AP y TSJ de esta página no cambian: son órganos distintos, no afectados por esa reforma. Donde sí puede haber confusión es en los antiguos juzgados unipersonales, y de eso trata la ficha de juzgado.
Ver también: Ramas del Derecho, máximas latinas, abreviaturas y marcas geográficas.