Áreas de práctica de Blanco-López-Palmero abogados

Términos jurídicos relacionados

IRPF · IVA · Inspección de Hacienda · Impuesto de sucesiones · Delito fiscal

Sobre Blanco-López-Palmero abogados

Un despacho de Valladolid especializado en laboral y Seguridad Social, desde 1980

Blanco-López-Palmero abogados trabaja en Valladolid, código postal 47002, y su teléfono es el 983 29 16 53. Según lo que consta, el despacho está en activo desde 1980 y está especializado en derecho laboral y Seguridad Social, con dos líneas añadidas que conviene destacar porque son poco comunes: inspecciones de Seguridad Social y delitos contra la Hacienda Pública, además del derecho fiscal.

🚨 Aviso: la dirección de internet que figura no existe

Conviene decirlo con claridad porque afecta a quien lea esto. El dominio que figura como web de este despacho no existe: no es que la página dé un error, es que el dominio no resuelve. Lo hemos comprobado directamente, con y sin «www».

Y hay una consecuencia práctica que importa más: el correo electrónico que consta está en ese mismo dominio, así que es probable que los mensajes no lleguen a nadie. La vía de contacto válida es el teléfono 983 29 16 53.

Esto ocurre cuando un dominio caduca y no se renueva. No dice nada sobre la calidad del despacho —un dominio caduca por muchas razones— pero sí significa que quien lo teclee buscándolos no va a llegar a ninguna parte. Si eres el titular, es lo primero que conviene resolver.

🚨 Si le ha llegado una actuación de la Inspección de Trabajo o de Seguridad Social

Es la especialidad del despacho y la materia donde más empresas se equivocan por tratarla como un trámite. Lo que hay que saber:

  • El acta de infracción no es la última palabra, pero tiene plazo. Contra ella cabe presentar alegaciones dentro del término que figura en la propia notificación, y ese es el momento de aportar la documentación. Después, el margen se estrecha mucho.
  • Lo que decide es la documentación laboral, no la explicación. Contratos, nóminas, partes de alta y baja, registro de jornada y la documentación de prevención de riesgos. Si existe y está bien, se aporta; si no existe, eso es precisamente lo que se sanciona.
  • Hay dos consecuencias y van por separado: la sanción administrativa y, en su caso, las liquidaciones de cuotas no ingresadas. No se discuten en el mismo sitio, y conviene preguntar por las dos.
  • Y el error más común: no aportar nada confiando en que «ya se arreglará». El expediente se resuelve con lo que hay en él.

Y si hay un procedimiento por delito contra la Hacienda Pública

Esto es de otro orden y conviene no confundirlo con una inspección: aquí el asunto es penal. Dos cosas importan desde el primer día. La primera, que a una citación no se acude sin abogado propio y lo que se declara al principio condiciona todo el procedimiento. La segunda, que en esta materia el comportamiento posterior del obligado —regularizar, pagar, colaborar— puede tener relevancia, así que es una decisión que conviene tomar asesorado y pronto, no después de declarar. Si coinciden un expediente administrativo y una causa penal, pregunte expresamente cómo se relacionan: no van por separado del todo.

Lo que conviene saber de las demás materias

Si es un despido

Lo primero es la fecha de la carta: el plazo para impugnar es de veinte días hábiles y es de caducidad, así que cuando pasa el despido queda firme aunque fuera injustificado. Lo segundo, los motivos que alega, porque se discute sobre lo escrito. El finiquito puede firmarse «no conforme»: se cobra lo ofrecido sin renunciar a reclamar.

Si es una prestación de la Seguridad Social denegada

Hay un paso previo que mucha gente se salta y que cierra el asunto: contra la resolución no se va directamente al juzgado, hay que presentar primero una reclamación previa ante la entidad gestora, y dentro del plazo que figura en la propia resolución. Lea la resolución por el final: ahí están la vía y la fecha, y eso manda sobre todo lo demás.

Si es una reclamación de salario o de cantidades

Lo que decide son las nóminas, el contrato, el convenio colectivo aplicable —que es donde está el salario que de verdad corresponde— y el registro de jornada si hay horas de más. E importa el calendario: las cantidades devengadas prescriben al año, así que esperar «a ver si pagan» va en contra del trabajador. Una reclamación por escrito deja constancia de la fecha.

Si es un asunto fiscal

En vía tributaria el calendario lo marca la Administración: cada notificación lleva su plazo y su vía de recurso, y dejarlo pasar convierte lo discutible en firme. Dos consejos prácticos: conserve los justificantes de presentación de todo, con su fecha de registro, y no deje de abrir las notificaciones —los plazos corren igual— especialmente si está dado de alta en notificaciones electrónicas.

Preguntas frecuentes

Cuál es su web?

No tiene: el dominio que consta en nuestro registro no existe. La vía de contacto es el teléfono 983 29 16 53, y conviene saber que el correo que figura está en ese mismo dominio perdido, así que probablemente tampoco funcione.

Dónde está el despacho?

En Valladolid, código postal 47002. No consta la dirección exacta ni el horario, así que hay que preguntarlos al llamar.

Me ha llegado un acta de la Inspección: qué hago primero?

Mirar el plazo que figura en la notificación para presentar alegaciones y reunir la documentación laboral —contratos, nóminas, altas y bajas, registro de jornada, prevención de riesgos—. Lo que no se aporte en ese trámite difícilmente se recupera después.

La sanción y las cuotas son lo mismo?

No: son dos consecuencias distintas que no se discuten en el mismo sitio. Pregunte por las dos, porque atender solo a una deja la otra corriendo.

Me han denegado una prestación: puedo ir al juzgado directamente?

No. Hay que presentar antes una reclamación previa ante la entidad gestora, dentro del plazo que indica la propia resolución. Si ese plazo pasa, la resolución queda firme.

Llevan cuántos años en activo?

El dato que consta es el año de fundación: 1980. No recogemos la cifra de «35 años» que figura en su texto, porque esa cuenta se escribió hace tiempo y hoy ya no cuadra: la referencia fiable es el año.

Cuánto cuesta la primera consulta?

No consta ni el importe ni si es gratuita. Conviene preguntarlo por teléfono y pedir el presupuesto por escrito antes de empezar.

Cómo usar esta ficha

Esta página reúne lo que consta en nuestro registro y lo que conviene saber de las materias que declara, porque el dominio que figuraba como suyo ya no existe y no hemos podido leer nada de su web. No afirmamos la inscripción colegial de ningún profesional ni recogemos sus afirmaciones de garantía, porque no hay forma de comprobarlas. Si eres el titular y quieres corregir o ampliar lo que figura aquí —empezando por una dirección de internet que funcione—, puedes reclamar la ficha.

Esta descripción ha sido elaborada por nuestro equipo editorial a partir de fuentes públicas verificadas. Si eres responsable de este despacho, puedes reclamar la ficha para ampliarla o corregirla.

Esta ficha procede de fuentes públicas y aún no ha sido reclamada por su titular. La colegiación, los horarios y los servicios se mostrarán cuando el despacho complete su ficha.

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